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Jueves 25 de julio 2019

Cuando la justicia (te) ciega

Por: Fernando Valdivia Correa
Cuando la justicia (te) ciega
Foto: Difusion

 

Un bochornoso -y borrachoso- espectáculo brindado por el Juez Superior de Arequipa, Óscar Enrique Bejar Pereyra, al ser detenido y conducido a la Comisaría por manejar en estado de ebriedad y a la vez agredir al efectivo policial que lo detuvo, es el triste y repudiable acto que no debiera primar en nuestra sociedad y menos aún al interior del Poder Judicial. Lamentablemente, este terrible episodio es prueba más de la precariedad institucional con que se maneja este Poder del Estado.

Sintonizando con el gobierno del señor Vizcarra, el Poder Judicial está paralizado. La otrora y bienaventurada Junta Nacional de Justicia abortó desde que forzadamente extinguieron el Consejo Nacional de la Magistratura, con las consecuencias que hoy todos vemos (convocatoria de 140 postulantes en la que solo 3 pasaron la primera fase, y el único ganador nunca juramentó, pues lo renunciaron), y dizque nuevamente llevarán a concurso, esperando que esta vez puedan elegir a todos los miembros.

Esta situación ha originado, por un lado, que los Jueces (exceptos de Paz No Letrados) no sean evaluados (proceso de ratificación cada 7 años) o sancionados (la OCMA ha aplicado en lo que va del año, 2002 sanciones a Jueces y Auxiliares, desde Amonestación, Multas y Suspensión [1]); y de otro, el incremento de Jueces Supernumerarios y Provisionales designados por cada Presidencia de Corte Superior, sea por la creciente demanda de la población en la resolución de sus conflictos, o ante renuncias o ceses de Jueces Titulares, además de no haber posibilidad alguna de nombramiento [2]. Cabe precisar que estos Jueces son designados directamente y en varios casos no forman parte de la carrera judicial, por lo que su permanencia en el puesto podría estar sujeto a favorecer a quién lo designó (o recomendó para tal designación).

A ello, agregarle las dramáticas condiciones laborales de los servidores judiciales. Primero, la enorme brecha salarial existente entre los Jueces Supremos (S/. 42,717.00) [3] y el personal administrativo (Vg. Auxiliar Administrativo I percibe S/. 1,430.00, según el D.S. N° 264-2018-EF, publicado en El Peruano el 24 de noviembre de 2018). Segundo, la falta de capacitación y evaluación psicológica, permanentes (como reseña BBC Mundo “el tema no es si los jueces tienen prejuicios, sino si pueden asegurarse de que otras personas no se ven afectadas por esos prejuicios” [4]). Tercero, deplorables condiciones de la infraestructura. En el año 2013, el Diario Peru21 informó “La Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (PJ) declaró en emergencia su infraestructura inmobiliaria ante la situación de inseguridad en las que se encuentran todas sus sedes. La infraestructura física de este poder del Estado incluye 935 locales: 435 alquilados, 295 propios y 205 administrados. Cada año se destinan 24 millones de soles al pago de alquileres de inmuebles, utilizados en su mayoría por la Corte Superior de Lima[5]; sin embargo, la ejecución presupuestal en el rubro Construcción de Edificios y Estructura alcanza a la fecha solamente el 22% [6]. Y, cuarto, la cada vez más creciente carga procesal. El Comercio informó que al 2018 existen 2´593,132 expedientes en trámite y 1´293,684 en ejecución. Asimismo que “cada año el Poder Judicial recibe 200 mil casos y que para el bicentenario la carga procesal superará los cuatro millones de expedientes sin resolver. Además, que los jueces tienen una capacidad para resolver 500 casos al año, pero que en la práctica estarían recibiendo 5.000  [7] [8].

Paralelamente, la ciudadanía exige de la judicatura, Independencia e Imparcialidad, así como control sobre las decisiones jurisdiccionales (incluyendo el comportamiento del Juez y/o personal administrativo). Respecto de lo primero, está bastante claro que los Jueces -en su gran mayoría- son probos y eficientes, aunque ello no alcanza, toda vez que necesitamos que tengan la estabilidad laboral requerida (titularidad) para que se encuentren libres de presiones internas y externas. Y, con relación a lo segundo, como en todo grupo humano existen aquellos Jueces que ven el concepto de JUSTICIA como un negocio particular, dilatando innecesariamente los procesos (por lenidad o corrupción), adelantando opiniones (prejuzgamiento, como es el caso del señor Concepción Carhuancho), entre otros; por lo que debieran ser sancionados drásticamente, llegando inclusive a la destitución.

Más allá de saber a quién (o cómo) le corresponde resolver esta problemática (que dicho sea de paso es de décadas, extendida a nivel mundial), lo cierto es que el señor Vizcarra -como gran abanderado de la lucha contra la corrupción y Presidente (ya cuestionado inclusive) de la alicaída Comisión para la Reforma de Justicia- debe comprender (es su deber hacerlo) el irrestricto respeto al equilibrio de poderes (check and balances) existente al interior del estado peruano, entre ellos el Poder Judicial. Como señala el Diario ABC de España: “La política corre riesgo de quedar atrapada por la banalidad y la extravagancia, el descuido de nuestras instituciones y la falta de respeto a los procedimientos democráticos» y destaca una escasez de diálogo y responsabilidad[9].

 

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[1]    “El debilitado Poder Judicial en el Perú”. Diario El Comercio: https://elcomercio.pe/politica/debilitado-judicial-peru-infografia-noticia-658106.

[2]    Ob.Cit. Al mes de febrero de 2019 existen 1892 Jueces Titulares y 833 Supernumerarios.

[3]    “Jueces Supremos ganan S/ 42,717 mensuales”. Diario Expreso: https://www.expreso.com.pe/destacado-portada/jueces-supremos-ganan-s-42717-mensuales/.

[4]    “¿Justicia ciega? Los curiosos experimentos que muestran cómo los sesgos afectan a los jueces”. En: https://www.bbc.com/mundo/noticias-49093065.

[5]    “Poder Judicial declara en emergencia su infraestructura inmobiliaria”. En https://peru21.pe/lima/judicial-declara-emergencia-infraestructura-inmobiliaria-96579.

[8]    Cierto es que seguimos con la noción -cada vez más creciente- de judicializar todo; vale decir, que cualquier controversia debe ser resuelta por medio de la judicatura. De ahí la coloquial expresión: “Si no me pagas te demando”. Aunado, resulta que la conciliación extrajudicial -como mecanismo alternativo de solución de conflictos- ha quedado reducida a una instancia previa para un litigio; máxime si la misma no es obligatoria (entiéndase como facultativa) en materias de familia, laboral, constitucional, entre otros.

[9]    “FAES avisa del riesgo de que la política quede «atrapada por la banalidad y la extravagancia”. En: https://www.abc.es/espana/abci-faes-avisa-riesgo-politica-quede-atrapada-banalidad-y-extravagancia-201907151232_noticia.html.

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