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Lunes 03 de mayo 2021

ONPE: Franja electoral se transmitirá del 25 de mayo al 3 de junio de 2021

Así lo estableció el organismo electoral a través de la Resolución Gerencial N°000777-2021-GSFP/ONPE, publicada este sábado 01 de mayo en las normas legales del diario oficial El Peruano.
ONPE: Franja electoral se transmitirá del 25 de mayo al 3 de junio de 2021
Foto: onpe.gob.pe

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) estableció que la franja electoral para la segunda elección presidencial 2021 se trasmitirá entre las 06:00 y 23:00 horas, durante diez (10) días calendario continuo, y finalice dos (2) días antes del día de la elección, iniciando su transmisión el 25 de mayo y culminando el 03 junio de 2021.

Así lo estableció el organismo electoral a través de la Resolución Gerencial N°000777-2021-GSFP/ONPE, publicada este sábado 01 de mayo en las normas legales del diario oficial El Peruano.

Según el organismo electoral, corresponde a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, mediante Resolución, determinar la temporalidad de la duración de la franja electoral de acuerdo con el último párrafo del artículo 64° del Reglamento de Fondos Partidarios aprobado por Resolución Jefatural N° 000436-2020-JN/ONPE.

Asimismo, mediante Resolución Gerencial N° 000778-2021-GSFP/ONPE, el organismo electoral resolvió conformar el Registro de Proveedores de Medios de Comunicación que integrarán el Catálogo de Tiempos y Espacios Disponibles para la contratación de publicidad en radio, televisión y redes sociales, con motivo de la transmisión de la franja electoral correspondiente a las Elecciones Generales 2021, “Segunda Elección Presidencial”, a realizarse el 06 de junio de 2021.

La institución electoral menciona que habilitó, a través del Portal Digital de Financiamiento “Claridad”, desde el 15 al 29 de marzo de 2021, un módulo para que los postores se registren como proveedores de medios de comunicación para la segunda elección presidencial, recibiéndose en esta etapa 270 solicitudes de medios de comunicación para conformar el referido registro.

Igualmente, la ONPE realizó la revisión y el análisis respectivo de la información adjuntada por cada uno de los postores, así como la comunicación de las observaciones advertidas por el equipo a cargo y, el posterior levantamiento de las mismas.

Como consecuencia de este trabajo se tiene que 248 postores cumplieron con los requisitos establecidos en la ley y el Reglamento para registrase en el Catálogo de Tiempos y Espacios Disponible. Otros dieciocho (18) postores no cumplían con los requisitos para registrarse en el catálogo como proveedores de medios de comunicación previstos en los artículos 61° y 62° del Reglamento y cuatro (4) no concluyeron el trámite para el registro respectivo.

Según la Ley de Organizaciones Políticas, para la emisión de la franja, la ONPE recibió como asignación presupuestaria, conjuntamente con el presupuesto para este proceso electoral, el monto que irroga el acceso a radio y televisión.

De acuerdo a esta misma norma, los medios de comunicación de radio y televisión están prohibidos de contratar propaganda electoral para las organizaciones políticas y sus candidatos, sea a través de sus tesoreros, responsables de campaña, autoridades, candidatos o por intermedio de terceros. 

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