Retomamos el tema abordado anteriormente, en la satisfacción de haber recibido innumerables visitas pese al corto tiempo de haberse colgado; y lo hacemos en el compromiso asumido hace unos días, cuando tuvimos la ocasión de exponer a nivel nacional el tema “Descentralización y Mancomunidad” vía las ondas de “Radio Nacional” ello sirvió para poder analizar en primer lugar la normatividad que regula estos dos importantes procesos que en la actualidad sirven de alternativa inmediata para satisfacer las necesidades de los pueblos más necesitados de nuestra patria, pero sobre todo en la base de la experiencia recogida en los diversos remotos pueblos de nuestra patria.
Al respecto debemos recordar que nuestra legislación distingue tres niveles de gobierno: central, regional y local; los mismos que de conformidad a sus atribuciones constitucionales deben actuar y representar a sus respectivas realidades, entendiéndose ello como la atribución de formular no solo pedidos, sino fundamentalmente de plantear soluciones, máxime si en la actualidad se desarrolla por el gobierno central un proceso de descentralización de recursos el mismo que es complementado con la descentralización de funciones y competencias, las cuales permitirán a los gobiernos regionales y locales, actuar operativamente en la solución de sus problemas; le corresponde al gobierno central a través de sus distintos sectores actuar normativamente en cumplimiento de la política nacional de desarrollo, y los gobiernos regionales y locales formular sus proyectos de desarrollo regional.
El proceso de gestión en general, encierra cinco momentos:
1) tomar conocimiento adecuado de la necesidad, la misma que bebe estar sujeta a un criterio objetivo de ponderación y posterior jerarquización;
2) el planeamiento, o planificación, que tiene como fin establecer los objetivos y estrategias para satisfacer la necesidad;
3) la organización, que consiste en el proceso de adecuar los recursos humanos, y diseñar la manera como se utilizarán los recursos técnicos, financieros y logísticos para cumplir los objetivos y desarrollo de estrategias;
4) la aplicación de las acciones programadas para lograr las metas propuestas y,
5) el monitoreo, que consiste en evaluar la ejecución, acciones y actividades programadas, tendientes a darle sostenibilidad en el tiempo a la inversión realizada.
La realidad nos muestra que muy pocas municipalidades cuentan con las capacidades adecuadas para cumplir las funciones de su competencia y otras menos para aplicar correctamente los procedimientos de una adecuada gestión. Por ello consideramos oportuna la labor de articulación que viene desarrollando la Oficina de Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales dependiente de la Secretaria de Descentralización de la PCM, que permitirá no solo el desarrollo de capacidades sino que posibilitara la elaboración de sus propios métodos de gestión, en función de sus capacidades, tradiciones y cultura de gestión local.
La Mancomunidad Municipal
En nuestro anterior comentario recogimos la frase “la unión hace la fuerza”, como slogan del proceso mancomunitario, por cuanto resultaba la expresión institucional del concepto. Analizadas las debilidades que individualmente presentan las municipalidades para afrontar con eficiencia y eficacia sus obligaciones que les corresponde legalmente, debemos entender que la sumatoria de sus capacidades de gestión es una opción lógica y necesaria.
Principios de la Mancomunidad Municipal
Son principios de la mancomunidad municipal
promover la integración local como base para la interacción regional y nacional, la articulación de las municipalidades puede ser económicas, social, física, cultural y política; Asocia a cualquier municipalidad al margen de las convicciones políticas, religiosas o de otra índole de sus autoridades; Orienta la distribución concertada de responsabilidades de sus miembros, de otras instituciones y de las organizaciones representativas de la población; Impulsa el desarrollo local integral y sostenible en armonía con los planes de desarrollo concertado de las municipalidades asociadas; Otorga la facultad para ejercer actos administrativos y de administración, con respeto mutuo de las competencias municipales; Apoya la igualdad de oportunidades y el acceso a los beneficios de la población de las municipalidades que la componen; Promueve la optimización y adecuada utilización de recursos en función a los objetivos propuestos; Afronta los retos de la gestión local en forma conjunta para obtener resultados satisfactorios; Prioriza a la municipalidad miembro más cercana a la población como la más idónea para cumplir con los fines de la mancomunidad; Se sustenta en la integración equilibrada y permanente de las municipalidades para la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones.
Objetivos que persigue la Mancomunidad
Las municipalidades se vinculan a través de mancomunidades para promocionar y ejecutar proyectos que por su monto de inversión y magnitud de operación superen el ámbito jurisdiccional y las posibilidades particulares de cada gobierno local; ejecutar acciones convenios y proyectos conjuntos, principalmente entre las municipalidades que comparten cuencas hidrográficas, corredores viales, turísticos, económicos, zonas ecológicas comunes, que involucren participación financiera, técnica y de equipo para realizar proyectos determinados; Elaborar gestionar, promover e implementar proyectos ante entidades nacionales e internacionales, públicas y/o privadas, que busquen y auspicien el desarrollo económico, productivo, social y cultural, pudiendo para ello gestionar recursos financieros, humanos y técnicos ante distintas fuentes, en concordancia con las normas vigentes sobre la materia; Procurar mejores niveles de eficiencia y eficacia en la gestión de los gobiernos locales a través del cumplimiento de las normas de transparencia, rendición de cuentas y acceso a la información propiciando la participación ciudadana, la modernización de la gestión municipal y los procesos de integración y desarrollo económico local; Desarrollar e implementar planes y experiencias conjuntas de desarrollo de capacidades, asistencia técnica e investigación tecnológica en convenio con universidades, institutos superiores y otras entidades educativas públicas y privadas.
Beneficios que representa constituir una Mancomunidad
Como ya hemos mencionado nuestra realidad obliga a sumar esfuerzos para lograr eficiencia y eficacia en la solución de los distintos problemas, dicho de otra manera, la suma de esfuerzos y capacidades de varios municipios permitirán sumar sus potencialidades y reducir las amenazas que cada uno de ellos tiene individualmente. En consecuencia desde una perspectiva más extensa, permitirá el aprovechamiento de recursos naturales; y la producción de bienes y servicios diversos como vivienda, saneamiento, salud, educación, comercio, etc.
Definido lo antes mencionado se deberán desarrollar instrumentos de gestión como planes, programas y proyectos; y definir presupuestos conjuntos, los cuales tendrán preferencia en los presupuestos participativos de la provincia o el gobierno regional, según corresponda. Permitirá sumar las capacidades técnicas, financieras y logísticas para la ejecución de los planes, programas y proyectos; tendrá una base más amplia e independiente para el monitoreo y evaluación de las acciones conjuntas ejecutadas por ellos mismos o a través de terceros contratados para el efecto.
Aspectos financieros asociados mancomunadamente
Existen diversos fondos nacionales e internacionales a los cuales se podrá tener acceso desde una gestión colectiva, así tenemos el caso del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local (FONIPREL), cuya naturaleza es de un
fondo concursable, cuyo objetivo principal es cofinanciar proyectos de inversión pública y estudios de preinversión orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica y que tengan el mayor impacto posible en la reducción de la pobreza y pobreza extrema en las zonas más deprimidas del país, podrá cofinanciar hasta el 90% de
la elaboración de estudios de preinversión o la ejecución de proyectos de inversión (PIP) de los Gobiernos Regionales (GGRR) y Locales (GGLL) que estén orientados a reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica, en ocho (08) prioridades; La ventaja de participar mancomunadamente esta prevista en el artículo 8º de la ley 29029, lo cual redundara en beneficio de las comunidades, relaciones de costo-beneficio más favorables, y se garantice, mayor calidad de gestión de la que se podría ofrecer en forma individual. Obviamente, la mancomunidad reduciría los costos operativos que normalmente se aplican cuando cada municipalidad realiza gestiones individualmente.
Conclusión
Hace no mucho, algunos políticos tradicionales nos vendían la idea que toda revolución como partera de la historia debía ser violenta, sin embargo no consideraron que la evolución de la ciencia hoy en día puede hacer parir sin el menor atisbo de dolor; lo mismo sucede con los nuevos conceptos que se asuman de revolución, si entendemos a esta como el proceso de evolución social, entonces debemos priorizar al conocimiento como base del desarrollo social, y ese conocimiento debe aportarse para lograr el desarrollo de los pueblos que comparten no solo un mismo espacio geográfico, sino también, cultura, historia, folclore, etc.
Lamento mucho que por razones de espacio no se pueda publicar el integro del trabajo, sin embargo la pueden solicitar a los correos abajo indicados
Hasta pronto,
Marco Antonio Heredia Timaná
herediajusticia@hotmail.com
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