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Miércoles 22 de octubre 2008

MAGALY MEDINA ¿LIDER O CABECILLA?

Magaly Medina ¿Es lider o cabecilla?; la interrogante nace de los hechos que degeneraron en su sentencia por delito de Difamación a través de Medios de Comunicación Social
Miércoles 22 de octubre 2008
MAGALY MEDINA ¿LIDER O CABECILLA?
Cuantas veces debemos apartarnos de nuestras actividades principales para atender otras de menor importancia, pero no por ello de menor intensidad. Nuestra sociedad se encuentra totalmente mediatizada, y por ello se explica en buena cuenta el alto rating televisivo que alcanza Magali Medina Vela en su programa nocturno, la misma que ha sido sentenciada conjuntamente con su productor Ney Guerrero Orellana por ser responsables del delito de Difamación a través de Medios de Comunicación Social. 

Comentarios a favor y en contra se han vertido, muchos de ellos alimentados por el “espíritu de cuerpo” que le han brindado asalariados de la pluma y plumaje, así hemos visto pronunciarse con temeraria audacia a diversos periodistas y atrevidas bataclanas que sin el mínimo conocimiento de lo que manifiestan desnudan el verdadero sentido de su carencia de dignidad, ya que las segundas han sido “atacadas” inmisericordemente por la sentenciada Medina en cuanto “ampay” halla podido emitir en su programa televisivo o en su revista de miércoles, denigrando su condición de personas y estas por un minuto de publicidad envían un mensaje a cierto sector de la sociedad, que la dignidad humana se puede contrapesar por un poco de “popularidad”; y los primeros con sus comentarios supuestamente defendiendo la libertad de expresión, que no es el caso en los hechos materia de comentario,  estoy seguro no distinguen entre “la mas noble de las profesiones o el mas vil de los oficios”; claro esto con honrosas excepciones.

Asimismo es de “resaltar” los argumentos vertidos por el colega Cesar Nakazaki Servigon, quien hábilmente pretende desviar el sentido lógico de la sentencia impuesta a su patrocinada, argumentaba en los medios de comunicación que la pena era injusta por cuanto al haberse impuesto 5 meses de Pena Privativa de la Libertad, esta NO DEBIA SER EFECTIVA por no concurrir los elementos de REITERANCIA o HABITUALIDAD, claro en ello tiene cierta razón, pero si revisamos la pagina 28 de la sentencia podremos observar que el elemento valorativo para la adopción de la medida por parte del juzgador entre otros radica en las condiciones personales de los procesados “Medina” y “Guerrero”; los mismos que constantemente muestran un alto desprecio por los valores que requiere la vida en comunidad, y que para mayor referencia se plasman en el hecho de haber roto en publico la carta remitida por el agraviado, en la que solicitaba una rectificación de los comentarios en su contra.

Es preciso abonar en ese sentido que los continuos actos procaces que realizan noche a noche los sentenciados, denigran los valores sociales de respeto mutuo, al derecho ajeno, la convivencia pacífica, por solo mencionar algunos que regulan la vida en comunidad, esto se agrava justamente por el hecho que sus efectos son asimilados por personas de menores recursos cognoscitivos en nuestra sociedad; así hemos visto como turbas al mejor estilo “bozzístico” profieren insultos al agraviado Paolo Guerrero y a la magistrado que dictó sentencia en contra de su “icono”; no hay nada que distinga a la medina de la tristemente celebre laura bozzo, ambas inundan las pantallas de las mas variadas miserias humanas, que sirven de regocijo a la chusma y las hace sentirse menos miserables de lo que ya esta sociedad los ha condenado.

La sociedad y en particular el periodismo deben reflexionar en esta circunstancia, sus actividades están protegidas por el constitucional derecho a la comunicación, sin embargo ello no debe utilizarse como patente de corzo para endilgarle hechos indebidos a otras personas y difundirlos como si estos fueran ciertos vulnerando muchas veces su derecho a la privacidad; sus “chacales” como adjetivamente llama la medina a sus trabajadores alimenta la interrogante si esta resulta siendo líder o cabecilla de un grupo de individuos que para el logro de su cometido no vacilen en “crear” supuestos ampays distorsionando los hechos, la comisión de ello acarrea que los menos beneficiados intelectualmente entiendan esto como un “derecho” a justificar sus actos realizados en contra de sus semejantes, si la Medina o la Bozzo que no respetan el derecho de otras personas y con ello son populares y exitosas ¿Por qué yo no?; ese es el razonamiento quizás de tantos “marcas” “pandilleros” “choferes ebrios”, etc, etc, etc.

Finalmente, si Nakazaki pretende culpar a la cámara fotográfica que captó las vistas por no haber registrado la hora y fecha de los hechos, demuestra su escasa capacidad ética al pretender con argumentos absurdos eximir de responsabilidad a su patrocinada, ello sin comentar sus ataques mediáticos a la magistrada, quizás sea un indicativo de lo que argumentara cuando tenga que sentenciarse a Fujimori.

Hasta pronto,

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