Lima, 15 de mayo de 2010.-El Consejo Normativo de Contabilidad emitió la Resolución N° 043-2010-EF/94, donde aprueba la versión modificada del Plan Contable General Empresarial (PCGE) de aplicación obligatoria a partir del 2011 y optativa en el presente año. Esta Resolución, que fue publicada el miércoles 12 del presente mes , en el Diario Oficial "El Peruano”, dispone la difusión de este instrumento normativo en la página web de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública:
http://cpn.mef.gob.pe
Resolución Nº 043-2010-EF/94
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 041-2008-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad se aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial (PCGE);
Que, mediante Resolución Nº 042-2009-EF/94 del Consejo Normativo de Contabilidad se dispuso diferir el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial hasta el 1 de enero del año 2011, con aplicación optativa en el año 2010;
Que, el Plan Contable General Empresarial establece un procedimiento de actualización y vigencia el mismo que contempla la auscultación periódica con organismos y/o profesionales de la contabilidad;
Que, el artículo 10° de la Ley Nº 28708, señala que las atribuciones del Consejo Normativo de Contabilidad son estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad de los sectores público y privado, emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado, y absolver consultas en materia de su competencia;
En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, y en orden a lo acordado por el Consejo Normativo de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la versión modificada del Plan Contable General Empresarial, el mismo que forma parte de la presente Resolución y disponer su difusión en la página Web de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública: http://cpn.mef.gob.pe, que entrará en vigencia a partir del 01 de enero del año 2011, con aplicación optativa en el presente año.
Artículo 2°.- Se derogan las disposiciones distintas a lo establecido en el Artículo 1° de la presente Resolución o que limiten su aplicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CPC Oscar A. Pajuelo Ramírez
http://cpn.mef.gob.pe/cpn/VERSION_MODIFICADA_PCG_EMPRESARIAL.pdf