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Viernes 23 de julio 2010

Ley de Pre Existencias para EPS

La continuidad de atencion para enfermedades pre existentes al momento de cambiar de trabajo o de EPS, era una necesidad que hoy tiene respuesta, sin embargo en virtud a la ley de asegurameinto universal esta podria no tener los efectos que se quiere, es necesariso ajustar la nueva legislacion a la ley "madre" de aseguramiento universal y divulgar un solo mensaje a la poblacion simple y realizable.
Viernes 23 de julio 2010
Ley de Pre Existencias para EPS

Recientemente, el poder ejecutivo promulgo la ley de continuidad para enfermedades pre existentes de capa compleja, en los casos el trabajador cambie de trabajo o de EPS, ley que deberá reglamentarse en los próximos 60 días, encargándole a la Superintendencia Nacional de Salud - SUNASA (ex Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud – SEPS), el cumplimiento de este importante dispositivo.

 Si bien es cierto que este dispositivo cubre un vacio que existía en la legislación, lamentablemente llega extemporáneo y es necesario que en el reglamento se ajuste con la Ley Marco de Aseguramiento Universal que es norma “madre” que gobernara nuestro sistema de salud en adelante.

 La ley de aseguramiento, elimina las coberturas capa simple y plan mínimo  y refiere que el plan mínimo obligatorio que todo peruano de manera obligatoria debe tener es el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), donde no se puede invocar pre existencias. Para planes complementarios en exceso al PEAS, será un acuerdo de partes.

 Si las cosas son así, esta ley quedaría en out side, porque las EPS como dice la ley brindaran la cobertura del PEAS y podrán seguir aplicando pre existencia para aquello que está en exceso, pero ya no como capa compleja porque no existirá al desaparecer la capa simple que era su base inicial.

 Al coincidir esta ley con el lanzamiento del aseguramiento universal en Lima, donde el nivel de información a la población es muy pobre, introducir estos conceptos que son importantes, solo genera confusión y obliga a desarrollar una extensa campaña de difusión en todos los establecimientos públicos y privados para explicarle a la población que beneficios trae para él y su familia el aseguramiento universal y no quede en un bonito discurso, pero letra muerta al momento de necesitar una prestación de salud.

 Si bien la garantía de continuidad para enfermedades pre existentes es un paso importante, que debe mantenerse, es necesario ajustar la legislación con lo expuesto en el reglamento del AUS, de tal manera que aquellos trabajadores y familiares que se trasladen de EPS (IAFAS en general) o cambien de trabajo, tengan continuidad en las coberturas en exceso al PEAS.

 Es necesario que la SUNASA, empiece a actuar, organizando foros y conversatorios con los actores públicos y privados, de tal manera que se vaya decantando toda la información que es necesaria divulgar a la población, con un solo mensaje  alineando el espíritu de la ley de preexistencias con la ley marco de aseguramiento universal.

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