
Servicio Militar Voluntario: ¿Deber ciudadano?
Si partimos de la proliferación de la delincuencia y múltiples formas para delinquir, podríamos estar hablando del tema de Inseguridad Ciudadana; empero este tema se refleja en el casi nulo Rol del Estado en Políticas de Seguridad Integral, además de una normativa judicial endeble para casos de delincuencia menor.Según Ortiz, C. todo empezó con el fenómeno de las Barras Bravas que generó el origen de las pandillas, en la actualidad existen más de 700 pandillas juveniles en todo el país, conformadas en la mayoría de los casos por adolescentes jóvenes cuyas edades fluctúan entre los 13 y 24 años; juntándose en grupos de 20 a más de 100 jóvenes, estos datos revelan un alarmante número, pero adicionalmente usan formas para sus encuentros como asaltos, disturbios, agresiones y hasta asesinatos, creando una inseguridad que jamás tuvo el Perú en su etapa Republicana. Probablemente, este error es parte de un populismo político que dejó sin el mayor análisis a las Instituciones militares para establecer una estrategia alternativa con el fin de seguir formando ciudadanos con identidad que defiendan el Estado.En este contexto, el servicio militar tiene por finalidad capacitar y entrenar a los peruanos en edad militar, a fin de que estén preparados para cumplir con la patria, en la defensa de su soberanía e integridad territorial y en las funciones que les asignan tanto la Constitución como las leyes de la República. Por ello, el servicio militar es una actividad de carácter personal por el que todo ciudadano puede ejercer su derecho y deber constitucional de proteger los intereses nacionales.Este serivicio se inserta dentro de lo propuesto en el artículo 163º de la Constitución Política, que establece que “Toda persona, natural o jurídica, está obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad con la ley”. Por ello, la propuesta establece que la dignidad y los derechos fundamentales de la persona son valores que todo integrante de las Fuerzas Armadas tiene la obligación de respetar y derecho a exigir. No podrá ser sometido ni someter a otros, ni menoscabar la dignidad personal. Asimismo se prohíbe la leva, tan discutida y rechazada por todos nosotros, como procedimiento de reclutamiento forzoso para la captación de personas con la finalidad de incorporarlas al servicio militar.También se prohíbe la participación de menores de dieciocho (18) años, que se encuentren en servicio activo, en operaciones militares en zonas de emergencia o zonas de conflicto armado. Además, tiene como propósito entre otros aspectos, que quienes se encuentren cumpliendo el servicio militar ejerzan libremente el derecho de sufragio de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Política del Perú. Para ello, deberán recibir las facilidades correspondientes de acuerdo a los procedimientos establecidos por el Jurado Nacional de Elecciones.Actualmente está en debato una Ley está orientada a establecer incentivos reales para quienes cumplan con prestar el servicio militar, vinculados a mejorar la calidad de vida de los voluntarios, así como la posibilidad de completar estudios, acceder a la formación técnica, percepción de una asignación económica digna, entre otros.La futura norma establece un mecanismo de control y vigilancia, al que tendrán libre acceso los padres o apoderados de los voluntarios. Se trata en suma, de una propuesta que apunta a fortalecer el servicio militar voluntario y dotarlo de procedimientos que cautelen los derechos ciudadanos de quienes desean servir a la patria. Por lo que el Ministerio de Defensa planteó, en una comunicación oficial dirigida al Congreso, elevar de los 17 a 18 años la edad para la inscripción al servicio militar y reiteró su posición a favor de la eliminación de la libreta militar.
La modificación del período de edad militar se sustenta en razón de la simplificación administrativa, con el fin de que el acto de inscripción en el Registro Militar coincida con la del Reniec. De esta manera, a los 18 años, el nuevo ciudadano realizaría ante las oficinas de la Reniec dos inscripciones en un solo acto: al Servicio Militar y la otra para recibir su DNI. Así, posteriormente, la información recabada y que requieren los institutos armados, será remitida a las oficinas del registro militar.
Toda vez que para los sectores menos favorecidos, resulta oneroso pagar por la expedición de la libreta militar, pues entre otros motivos, dicho documento no reporta valor alguno para la identificación personal, ya que a los 18 años, es el DNI el que acredita la mayoría de edad.La propuesta legal del Ministerio de Defensa propone la eliminación de la libreta militar, y se establece la constancia de servicio militar, la misma que será entregada a quienes cumplan con realizar este servicio a la Nación.Asimismo, con el fin de completar los efectivos del servicio militar en las instituciones armadas en caso sea necesario, se podrá realizar un llamamiento ordinario complementario mediante una resolución ministerial.El llamamiento ordinario complementario permitirá convocar, anualmente, a servicio militar en las fechas que determina cada institución armada al no haberse completado la cantidad de efectivos requerida.Asimismo, destacó la importancia de la propuesta legal en lo referido a los derechos y prestaciones para los licenciados.La Inscripción MilitarAsimismo, destacó la importancia de la propuesta y en atención a los cambios: desde el 1 de enero del 2009, todos los jóvenes, al cumplir los 17 años de edad, ya no tendrán que tramitar su boleta y libreta militar, sino que deberán inscribirse directamente en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para obtener su primer Documento Nacional de Identidad (DNI). Luego, dentro de los 90 días siguientes, deberán cumplir con la inscripción militar obligatoria en las oficinas del Registro Militar. "En las sedes que destinarán las Fuerzas Armadas otorgarán gratuitamente una constancia de inscripción militar al momento de la inscripción", explicó, el presidente de la Comisión de Defensa del Congreso de la República. El nuevo procedimiento está señalado en la Ley del Servicio Militar., ha sido promulgada por el Poder Ejecutivo.El primer DNI que se le entregará a los jóvenes tendrá una vigencia de ocho años, su color será el mismo que el de los mayores de edad y en él constará el número de una mesa de votación diferida. Esta última será activada cuando su titular cumpla 18 años y pueda votar en los procesos electorales.REGISTRO MÁS ACTUALIZADOEn adelante, el registro de inscripción militar será una base de datos en la que constará la situación de los peruanos respecto a sus obligaciones militares. Dicho registro será depurado y actualizado continuamente con la información del Reniec. Este último remitirá trimestralmente la nómina de las personas, comprendidas entre 18 y 50 años, que hubieran fallecido a fin de mantener actualizada la base de datos del Registro Militar y, en especial, la del personal de reserva. Según la nueva Ley de Servicio Militar, por razones de seguridad y defensa nacional la información del Registro Militar tendrá carácter clasificado y será de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas. ConclusionesProbablemente, activar el SMO sea una oportunidad para que muchos jóvenes puedan contribuir al desarrollo del país a través de su trabajo en la defensa del Estado. Por otro lado, dar incentivos para que el SMV sea más atractivo y procure una formación técnica contribuya al mejoramiento de la Inseguridad.Es menester de cada gobierno local, crear las estrategias para que sus vecinos gocen de una seguridad integral, donde se habite con tranquilidad.Así, los gobiernos deben de trabajar en conjunto con las FFAA y la PNP para el control de la delincuencia a través de las campañas de seguridad vecinal.Finalmente, las normas deben contemplar sanciones ejemplares que se trasluzcan se servicios comunitarios, como la construcción de carreteras, alianza con empresas e instituciones donde la mano de obra obrera sea necesaria.