Lima, 27 de octubre de 2010.- La Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú- JDCCPP hace conocer a la opinión que el eterno Contador General de la Nación OSCAR PAJUELO RAMIREZ ha autorizado ilegalmente un Congreso Nacional de Contadores en la ciudad de Arequipa., pese que la institución no ha formulado ninguna solicitud al respecto.Oscar Pajuelo Ramírez ,haciendo caso omiso a lo señalado en el inciso b) del articulo 2° del D.S.008-93-JUS, reglamento de la Ley 28592 y el inciso b) del articulo 5° del Estatuto de la JDCCPP que señalan que es atribución de la JDCCPP "organizar Congresos Nacionales e Internacionales de la profesión...", ha oficializado indebidamente a través de la Resolución Directoral N° 014-2010-EF/93.01, de fecha 05-07 del 2010, Publicado en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 08-07-2010, el XXII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú que se realizará en la ciudad de Arequipa los días 28,29,30 y 31 de octubre 2010.eterno contador general de Peru oscar pajuelo ramirezEl ilegal XXII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú, que promueve el Colegio de Contadores de Arequipa en realidad es organizado por la pseuda decana del Colegio de Contadores Públicos de Lima Elsa Rosario Ugarte, quien cuenta con la anuencia de Pajuelo Ramírez , el mismo que le extendió documento para lograr una falsa inscripción en los Registros Públicos, la que se encuentra impugnada. Elsa Rosario Ugarte viene usurpando indebidamente el cargo desde 2007 en forma indefinida con la tolerancia de autoridades que dilatan los ladinamente los procesos.Por tanto, la JDCCPP pone en conocimiento a todos los Colegas Contadores Públicos del Perú, que no está patrocinando, no reconoce ni se responsabiliza por este evento que el Colegio de Contadores Públicos de Arequipa estuviera publicitando, en virtud del Acuerdo unánime de los miembros de la Asamblea General Extraordinaria de fecha 16-07-2010.La JDCCPP exige que a la brevedad posible, los Colegios Regionales den cumplimiento a la primera disposición transitoria señalada en su estatuto, modificando sus estatutos y reglamentos, en la parte pertinente, a fin de uniformizar las normas relativas a la renovación y a la duración del mandato de sus Consejos Directivos, prolongándolos por única vez, por el tiempo necesario de modo que coincidan con periodos de Gestión de la Junta Directiva de la JDCCPP facilitando de esta manera la marcha institucional de nuestro máximo organismo representativo de la orden.