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Martes 07 de diciembre 2010

Estrategias para sacar la visa de Estados Unidos

Viajar a cualquier país del mundo presupone que tengamos que prepara documentación personal que nos permita entrar en ese país. Hay muchas leyes que se debe cumplir para poder traspasar un aeropuerto, y eso es normal en todo el mundo. Sin embargo cuando se trata de Estados Unidos todo es bastante más complicado. En este artículo daremos diez consejos para adquirir la visa para entrar al país del norte sin morir en el intento.
Martes 07 de diciembre 2010
Estrategias para sacar la visa de Estados Unidos

En el caso de los Estados Unidos, la valija, los pasajes aereos, una reserva de por ejemplo alguno de los hoteles en new york y el itinerario, incluso, se vuelven prescindibles si no se dispone de antemano de un pasaporte visado expedido por el consulado estadounidense.

Para que ninguno de los requisitos pedidos quede incompleto, preparamos una lista de las cosas fundamentales que se necesitan para acceder a la famosa visa y poder realizar los viajes tranquilamente.

¿Por dónde empezar?

Hay que solicitar una entrevista para ir al Consulado de Buenos Aires con cualquiera de estos métodos los que, según las autoridades, no tienen ninguna prioridad o preferencia entre sí: -por Instituto Cultural Argentino Norteamericano (Icana), que entrega números para el trámite y brinda asesoramiento de lunes a viernes de 9 a 17 horas.

¿Qué hacer el día de la entrevista?

La cita, para los residentes de todas las provincias, tiene lugar en la sede del Consulado de los Estados Unidos, Colombia 4300, en el barrio porteño de Palermo en la provincia de Buenos Aires. Ese día, siempre son convocadas más de 65 personas en el mismo horario por eso las autoridades sugieren puntualidad y llegar con hasta 20 minutos de anticipación, no más. Los solicitantes deben acercarse a la fila que indica "Inicio", en el exterior del edificio. Allí, el personal del Consulado verificará la fecha y hora de la entrevista y controlará la documentación exigida para el trámite. Es recomendable asistir a la entrevista llevando lo mínimo e indispensable. Las personas que no lleven consigo elementos electrónicos, líquidos, objetos metálicos o bolsos/carteras tendrán prioridad de ingreso al momento de realizar el control de seguridad, similar al de los aeropuertos internacionales.

¿Qué hay que llevar?

. pasaporte vigente con al menos una hoja disponible para el estampado de la visa. . pasaportes anteriores, unidos con bandas elásticas en orden cronológico. . comprobante de pago del arancel de 140 dólares. . la hoja de confirmación del formulario O DS-160 (CEAC) se debe completar por Internet y también se debe cargar la foto en el formulario en ese mismo momento . documentos que contribuyan a certificar los datos personales que serán brindados a los funcionarios consulares, tales como la credencial del trabajo del solicitante o de la institución en la que esté realizando algún tipo de estudios y la libreta de casamiento, o cualquier otro documento que valide o demuestre los lazos con el país de residencia.

¿Cómo asegurarse de no tener que salir corriendo a sacar una nueva foto?

En el momento de programar la entrevista por Internet los solicitantes reciben una serie de instrucciones por correo electrónico (o por teléfono cuando se opta por este medio) para conseguir una fotografía personal que se ajuste a los requisitos de las autoridades consulares. Antes de completar el formulario DS-160 exigido, se debe contar con un archivo (.jpg, con un máximo de 1 MB) de la foto para poder cargarla en forma electrónica. El sistema rechazará aquellas que no tengan este formato: .Un tamaño de 5 cm x 5 cm. .Fondo blanco y liso. (no aceptan fondos de azulejos o cortinas). . Ser reciente (tiene que haber sido tomada como máximo, con seis meses de anterioridad). .Tomada de frente (la persona no podrá estar mirando a la derecha, a la izquierda, arriba o abajo), y la cara deberá cubrir aproximadamente el 50% de la superficie de la foto. .El rostro debe estar totalmente despejado, sin flequillo en la frente y sin ningún tipo de sombras alrededor. .Las dos orejas deben estar completamente visibles. .No deben usarse sombreros, gorros, aros, anteojos, etc., para la toma

¿Con qué anticipación se debe iniciar la solicitud?

Los tiempos de espera dependen de la cantidad de solicitantes y pueden variar significativamente según el momento (pueden consultarse en Internet ) . Los tiempos pueden llegar a ser mayores para ciertas zonas más alejadas. Es recomendable sacar los pasajes una vez que se tiene le visa.

¿Qué pasa si en el domicilio del solicitante no hay gente en todo el día para recibir el pasaporte?

Al momento de programar su entrevista, el solicitante debe completar una planilla donde puede optar por un domicilio para el envío que no necesariamente tiene que ser el de su domicilio particular, ya que también puede elegir el de su oficina o un familiar. DHL deja un aviso de visita en el caso en que no hubiera nadie en el domicilio. Al segundo aviso, el solicitante puede contactar a DHL para retirar su pasaporte. También puede coordinar con los centros autorizados del Consulado para retirarlo en las oficinas correspondientes.

¿Se puede evitar la entrevista personal?

Algunos solicitantes menores de 14 años y mayores de 79 años pueden tramitar su visa por correo sin tener que dirigirse a la embajada para realizar la entrevista personal. Los mayores de 79 años deben tener una visa vigente (o que haya vencido hace menos de un año). En el caso de los niños, ambos padres deben ser argentinos y tener una visa vigente emitida en Buenos Aires.

¿Por qué puede ser rechazada la solicitud?

Las autoridades consulares informaron que más del 95% de los solicitantes obtiene su visa. Lo que debe demostrar esa persona es que su caso no encuadra en la presunción del artículo 214 (b) de la Ley de Inmigración y Naturalización (INA) de Estados Unidos que entiende a todo solicitante de una visa temporaria como un posible inmigrante mientras no demuestre lo contrario. Por esa razón, cada solicitante deberá demostrar ante el funcionario consular que cuenta con suficientes lazos (económicos, sociales, familiares) en la Argentina de forma tal de hacerlo regresar cuando termine su visita temporaria a los Estados Unidos. Las autoridades señalaron que no existe una norma escrita que ayude a demostrar estos lazos y que la falta de capacidad para demostrar vínculos sólidos con el país es la causa más frecuente de denegación de la visa a los Estados Unidos. Así, es muy probable que la visa le sea denegada a personas que tienen un futuro incierto, planes indefinidos en los Estados Unidos o finanzas no muy claras. Cuando sucede esto, la embajada informa las razones.

¿Qué hacer en ese caso?

Si la visa es denegada conforme al artículo 214(b) significa que la información presentada fue insuficiente para probar su situación laboral, económica y social al momento de la solicitud de la visa. Podrá intentar con posterioridad pero deberá completar una nueva solicitud y abonar nuevamente el arancel de la visa.

También puede optar por solicitar la visa en otro país. Su solicitud será evaluada en función de los lazos que tenga con ese lugar. En tanto, si desea que su solicitud vuelva a ser considerada o desea apelar la decisión de denegación, es necesario presentar una nueva solicitud de visa siguiendo las instrucciones consignadas en la carta enviada con su pasaporte.

Cuando se rechaza la solicitud de visa en virtud del artículo 221 (g), se debe presentar la información y documentación requerida junto con la carta de rechazo y su pasaporte. Si presenta la información y la documentación dentro del año de la denegación, no tendrá que abonar el arancel de la visa nuevamente. En ese caso, las autoridades volverán a evaluar su pedido y tomarán la decisión final.

¿Una vez obtenido el visado puede presentarse algún inconveniente al llegar a los EE.UU, que impida el ingreso de los visitantes?

Las autoridades consulares señalaron que el hecho de tener una visa no garantiza el ingreso a los Estados Unidos porque la visa es el documento que le permite solicitar la entrada al país. Y explicaron: "La Oficina de Dirección de Aduanas y Protección Fronteriza (Servicio de Inmigración) tiene la jurisdicción exclusiva para autorizar la admisión a los Estados Unidos y para determinar el tiempo de estadía en el mismo. En el Puerto de Entrada, el funcionario de Inmigración determinará si el pasajero es admitido en los Estados Unidos y dejará constancia de las fechas de entrada y salida, en el formulario I-94".

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