
CARTA DE LA ORGANIZACIN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
Antes recordemos cómo nace un gobierno totalitario:
En 1933 se produjo un incendio en el parlamento alemán, el Reichstag, Hitler declaró que había sido un atentado, y utilizó los medios de comunicación para propagar el miedo y el pánico. Luego aprobó el decreto del Reichstag, una ley antiterrorista que proclamaba que es permisible restringir los derechos de libertades personales, esto eliminó los derechos a tener un juicio justo y la libertad de expresión.
En 1938 se implantó el sello "J" para identificar las tiendas judías, y en la noche de los "Cristales Rotos" destrozaron sus escaparates y comenzó el Holocausto. Como nadie podía protestar, Hitler creó el estado totalitario más brutal del mundo.
En 1939 Alemania invadió Polonia y el Reino Unido, una generación fue desbastada con la esperanza de que las venideras pudieran vivir sin tiranía.
En 1945 los aliados alcanzaron la victoria y dijeron nunca más. Para proteger al mundo de la guerra tenían que proteger al ciudadano del Estado. Si Hitler no hubiera arrebatado los libertades al pueblo alemán, éste podría haber impedido que llevara a Alemania a la guerra.
En noviembre de 1950 los líderes de los países europeos desbastados por la guerra se unieron para tratar de prevenir que esos horrores volvieran a ocurrir. La Convención Europea sobre los DDHH contenían la protección fundamental de los individuos contra su propio gobierno,
Vamos a transcribir algunos principios relacionados a la infame decisión del Tribunal Constitucional, de amordazar la libertad de expresión, evitando que los periodistas propalen audios o videos donde se ve a la flor y nata de la delincuencia peruana enquistada en el gobierno, tal como vimos en los casos de los vladivideos y el de los petroaudios donde estuvo involucrado entre otros delincuentes el tio george.
PRINCIPIOS
5. La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión.
6. Toda persona tiene derecho a comunicar sus opiniones por cualquier medio y forma. La colegiación obligatoria o la exigencia de títulos para el ejercicio de la actividad periodística, constituyen una restricción ilegítima a la libertad de expresión. La actividad periodística debe regirse por conductas éticas, las cuales en ningún caso pueden ser impuestas por los Estados.
7. Condicionamientos previos, tales como veracidad, oportunidad o imparcialidad por parte de los Estados son incompatibles con el derecho a la libertad de expresión reconocido en los instrumentos internacionales.
8. Todo comunicador social tiene derecho a la reserva de sus fuentes de información, apuntes y archivos personales y profesionales.
9. El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada.
10. Las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público. La protección a la reputación debe estar garantizada sólo a través de sanciones civiles, en los casos en que la persona ofendida sea un funcionario público o persona pública o particular que se haya involucrado voluntariamente en asuntos de interés público. Además, en estos casos, debe probarse que en la difusión de las noticias el comunicador tuvo intención de infligir daño o pleno conocimiento de que se estaba difundiendo noticias falsas o se condujo con manifiesta negligencia en la búsqueda de la verdad o falsedad de las mismas.
11. Los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad. Las leyes que penalizan la expresión ofensiva dirigida a funcionarios públicos generalmente conocidas como “leyes de desacato” atentan contra la libertad de expresión y el derecho a la información.