
REFUTACIÓN AL CANCILLER
Por Javier Valle-Riestra La Comisión de Constitución ofició a la Cancillería para indagar sobre solicitudes pendientes de asilo y refugio interpuestas por venezolanos y bolivianos. Como continuaba la actitud indolente de Ministerio, declaré que eran timoratos frente a los autoritarismos de Chávez y Morales y que debían preocuparse más por la balanza ética que por la balanza comercial. Joselo se exorbitó y replicó que yo anteponía intereses abogadiles. Muy grave. Una difamación porque el oficio cursado se refería exclusivamente a personas que no conozco y con las cuales no tengo ninguna vinculación directa o indirecta. Se trata de Nixon Moreno, dirigente estudiantil venezolano; Didalco Bolívar, ex Gobernador del Estado Aragua; Luis Alberto Valle Ureña, ex Alcalde y ex Gobernador de la Paz; así como William Prado, Fredy Grangger, Rafael Creazzola, Oscar Pérez, ciudadanos de Venezuela. Bolívar es defendido por el Decano del Colegio de Abogados de Lima; Valle Ureña por Carlos Chipoco. En el pasado, siendo diputado (1983), planteé y defendí exitosamente un habeas corpus en pro del comunista chileno Hernán Liberona Clerk, a quien logré así por sentencia regresarlo del destierro impuesto por el ministro Rincón. Nadie reprobó mi intervención en esa acción de Derechos Humanos. Hasta el canciller, Fernando Schwalb, me felicitó diciéndome: “usos de la guerra son vencer o ser vencido”. Otros tiempos. Torre Tagle es intolerante. Verbigracia, Nixon Moreno estuvo refugiado casi dos años en la Nunciatura en Caracas, pese a que el Vaticano, como Estado europeo, resulta extraño a las convenciones de Asilo. Ante la denegatoria del salvoconducto, fugó al Perú confiando en nosotros. El literato y ex presidente de la República Checa, Vaclav Havel, mediante carta dirigida a nuestro Presidente, solicita le concedan asilo territorial a dicho activista estudiantil. Es rotundo ese mensaje; lo avala moralmente. Inútil. Otro caso es el recientísimo de Valle Ureña, ministro por cinco años del Presidente Paz Zamora y diputado. Se ha rechazado su petición de refugio, que conforme a Ley exige solo sentirse perseguido. Llegan al extremo ignaro de decir que debe denegarse porque los delitos que se le imputan son de carácter común. Pero la doctrina universal —por ejemplo, analógicamente, la Convención Europea de Extradición— preceptúa que la entrega no será acordada si la parte requerida tiene razones serias para creer que todo el proceso penal, motivado formalmente por una infracción de derecho común, es presentado con el fin de perseguir por consideraciones de raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas, o que la situación del individuo corre el riesgo de agravarse por una u otra de estas razones. Finalizo. Quizás deba apartarme del Parlamento por defender el asilo, pero también Joselo, de la Cancillería, por no defenderlo, dicho sea con animus jocandi.