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Viernes 06 de noviembre 2009

PYMES Engañadas

Las pequeñas y micro empresas no están verdaderamente representadas en las instituciones del Estado.
Viernes 06 de noviembre 2009
PYMES Engañadas

RESOLUCIÓN  MINISTERIALNº 259 -2005 –TR

Lima 20 de Setiembre del 2005,

VISTOS: Los oficios Nº s. 309.05.05/ SG y GG/043-05/ GL, de la Cámara de Comercio de Lima.

CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha recibido de la Cámara de Comercio de Lima, las comunicaciones P/492.08.05/SG  y GG /043-05/GL, de fecha 24 de Agosto y 1 de Septiembre del 2005, respectivamente, por el cual indican que el Cómite Ejecutivo, acordo en su última sesión, proponer a la Dra. Hilda Graciela Fernández – Baca de Valdez. Como nuevo representante de la Micro y Pequeña Empresa ante el Consejo Directivo de ESSALUD.

SE RESUELVE:

Artículo Único – Reconocer como representante de los empleadores, a la Dra Hilda Graciela Fernandez – Baca de Valdez, ante el Consejo Directivo del Seguro Social de ESSALUD, en representación de la Micro y Micro Empresa.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 312-2009-TR

Lima 21 de Octubre del 2009,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministeriales Nºs 259-2005 –TR y 258-2007-TR, respectivamente, se reconoció y renovó la designación de la Sra. HILDA GRACIELA FERNANDEZ- BACA DE VALDEZ, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de ESSALUD, en representación de las Micro y Pequeñas Empresas.

SE RESUELVE: 

Artículo Único.-  Dar por concluído el reconocimiento de la Sra. HILDA GRACIELA FERNANDEZ –BACA DE VALDEZ, como representante de los empleadores, ante el Consejo Directivo del Seguro Social – ESSALUD.

RESOLUCION MINISTERIALNº 313-2009-TR  

Lima 21 de Octubre del 2009,

VISTOS: El escrito CONFIEP PRE - 423/09 del 05 de Octubre del 2009, de la Confederación Nacional de Instituiones Privadas – CONFIEP

SE RESUELVE:

Artículo Único.-  RECONOCER como representante de los empleadores a doña GIANNA MACCHIAVELLO CASABONE, ante el Consejo Directivo del Seguro Social de ESSALUD, en representación de las Micro y Pequeñas Empresas.

ESTOS NOMBRAMIENTOS SON UNA VERDADERA VULNERACIÓN A LA COMPETENCIA DE LAS MYPES

MAXIME SI LA LEY 29051 QUE REGULA LA PARTICIPACION Y LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LAS MYPES EN LAS DIVERSAS ENTIDADES PÚBLICAS, EXISTIENDO LA PROPUESTA DE LA SOCIEDAD PERUANA DE PYMES PARA CONFORMAR EL DIRECTORIO DE ESSALUD CONFORME A LEY.

SIN EMBARGO, EL MINISTERIO DE TRABAJO SE EXTRALIMITA EN SUS FUNCIONES Y NOMBRA A UNA PERSONA EN REPRESENTACIÓN DE LA CONFIEP; ES DECIR PERSONERÍA JURÍDICA DISTINTA Y MACRO EMPRESARIAL QUE NO GUARDA ABSOLUTA RELACIÓN CON LA LEY 29051, CONFORME SE REFIERE, EN ESTRICTA CONCORDANCIA AL REGLAMENTO NACIONAL DE LAS ASOCIACIONES DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS  REG. 006-2006-DNMIPE DE FECHA 03 DE JULIO DEL AÑO 2006.

¡JUSTICIA PARA LAS MYPES!

¡VERDADERA PARTICIPACION!

¡BASTA DE  MENTIRAS!

 

 

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