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Sábado 04 de julio 2009

¿Y LA IGUALDAD CON LOS NO CREYENTES?

Comparto con ustedes el Proyecto del Instituto Pro Libertad de Conciencia (PROLIBCO) que me han hecho llegar: "Derechos Humanos y Constitucionales de los No Creyentes Arreligiosos". En el mensaje vino adjunto los Derechos del Ateo.
Sábado 04 de julio 2009

Proyecto del Instituto Pro Libertad de Conciencia

 

PROLIBCO

 

Las Libertades de Conciencia, de Pensamiento y de Expresión constituyen los pilares fundamentales que garantizan el bienestar individual y colectivo en un estado democrático. Sin embargo a través de la historia del Perú los No Creyentes: Humanistas, Ateos, Agnósticos, Racionalistas y Libre Pensadores han sido vistos con prejuicio e intolerancia sectaria, siendo hasta la actualidad discriminados por sus descubrimientos, ideas y  opiniones.

 

En la firme convicción de que el Principio Constitucional de Separación de Estado e iglesias, garantiza la Igualdad de Derechos para Creyentes y No Creyentes, el Instituto Pro Libertad  de Conciencia, PROLIBCO somete a su consideración los siguientes Derechos Constitucionales para No Creyentes y Arreligiosos  a fin de que sean incorporados en la Nueva Constitución Política del Perú.

 

Los No creyentes y Arreligiosos gozarán de los siguientes Derechos

Fundamentales:

 

1. De pensar libre y autónomamente, de expresar sus convicciones en forma abierta y debatir o criticar cualquier y toda idea por cualquier medio, sin ser censurado, recriminado o sufrir ostracismo social.

 

2.De no ser discriminado o perseguido en su lugar de trabajo, en sus transacciones comerciales o en los servicios públicos por razón de ser No Creyente o por querer guardar reserva sobre sus convicciones políticas, filosóficas o religiosas.

 

3. De ejercer su Derecho a la  Libertad de Conciencia en cualquier situación en la que el mismo Derecho es otorgado a los creyentes.

 

4.De ejercer cualquier  función pública  sin ser discriminado por no pertenecer a religión alguna.

 

5. De abstenerse de prestar  juramento ya sea al asumir cargos públicos o en procedimientos judiciales, por ser estos actos discriminatorios en sí mismos.

 

6. De tener el mismo derecho de realizar actos de trasfondo e implicancia legal tales como matrimonios.

 

7. De educar y criar  a sus hijos en un ambiente secular y no ser discriminados en procedimientos de adopción de menores, ni de ejercer la patria potestad  de menores bajo su cuidado.

 

8. De conducir sus negocios y trabajar cualquier día de la semana, sin que este derecho sea recortado por leyes o reglamentos que reconozcan días religiosos festivos de oración, descanso o celebraciones basados en creencias religiosas de cualquier índole.

 

9. De no pagar impuestos que signifiquen el uso de dichos fondos públicos para el empleo y remuneración de miembros del clero, incluyendo capellanes o profesores de religión y, que el producto de sus impuestos financien el proselitismo religioso, la construcción de iglesias con fondos públicos o la donación de terrenos de propiedad del Estado para fines religiosos.

 

10. De ejercer el mismo derecho de objeción de conciencia a servir en las Fuerzas Armadas que gozan otros ciudadanos por motivos de creencias religiosas.

 

11. De vivir en una democracia libre de lenguaje religioso y de imágenes en la los medios de comunicación social de propiedad del Estado, en la moneda circulante, en los  colegios y edificios públicos incluyendo cuarteles, hospitales y plazas públicas, documentos del gobierno central y local y ceremonias públicas conducidas por autoridades elegidas o gubernamentales.

 

Agradeceremos sus ilustradas opiniones al respecto.

 

José Antonio Donayre

Presidente

Instituto Pro Libertad de Conciencia

PROLIBCO

invengg@terra.com.pe

 

 

 

 

DERECHOS DEL ATEO

 

 

- Tengo derecho a no creer en dioses.

 

- Tengo derecho a no ser discriminado en ningún ámbito público por no creer en dioses.

 

- Tengo derecho a poner en duda la palabra de los teólogos de todas las religiones.

 

- Tengo derecho a no profesar ninguna religión.

 

- Tengo derecho a que ninguna confesión religiosa me considere su adepto.

 

- Tengo derecho a que ninguna confesión religiosa utilice mi nombre o datos propios para sus fines religiosos.

 

- Tengo derecho a desempeñar funciones públicas con las únicas condiciones de mi idoneidad y de la elección popular.

 

- Tengo derecho a asumir cargos públicos sin jurar por dioses ni por textos considerados sagrados por los teístas.

 

- Tengo derecho a negarme a contribuir en forma directa e indirecta con dinero, especias, o trabajo, a sostener instituciones religiosas o a su personal.

 

- Tengo derecho a ingresar a las FF.AA. (Fuerzas Armadas) de mi país sin que se me pregunte sobre mis creencias teístas o ateístas, y a recibir ascensos, cargos y honores según mi capacidad y méritos, exclusivamente.

 

- Tengo derecho a expresar mi ateísmo a otras personas en forma directa o a través de cualquier medio de difusión, de libros, o de cualquiera de las artes.

 

- Tengo derecho a enseñar cualquier técnica, ciencia, arte o filosofía.

 

- Tengo derecho a realizar cualquier tipo de investigación científica o especulación filosófica.

 

- Tengo derecho a considerar como máximo valor al ser humano.

 

- Tengo derecho a considerar que la dignidad humana no necesita justificarse en dioses ni en cosa divina alguna.

 

- Tengo derecho a recordarme y recordar a otros, los millones y millones de seres humanos que han sido proscritos, encarcelados, torturados y asesinados a lo largo de la historia, por causa de su ateísmo o de su disidencia religiosa.

 

- Tengo derecho a afirmar la igualdad de todos los seres humanos por encima de religiones o dioses.

 

- Reconocer la diversidad personal y cultural de las personas al margen de sus creencias.

 

- Tender al desarrollo del conocimiento por encima de lo aceptado o impuesto como verdad absoluta.

 

- Tengo derecho a afirmar la libertad de ideas y creencias.

 

- Tengo derecho a dudar.

 

- Tengo derecho a que se me respeten mis ideas ateas.

 

- Tengo derecho a que el Estado con sus poderes proteja el respeto a mis ideas.

 

- Tengo derecho especialmente a pedir que en un juzgado se retiren símbolos religiosos cuando sea juzgado por motivos religiosos y que el juez al menos parezca neutral.

 

- Tengo derecho a retirarme de las filas de un desfile o evento militar cuando el mismo se mezcle con actos religiosos.

 

- Tengo derecho a no que no se me obligue a participar en actos religiosos o que se puedan confundir con mis obligaciones profesionales.

 

- Tengo derecho a considerar a cualquier ministro de cualquier religión, sea cual fuere su cargo, como a una persona más.

 

- Tengo derecho a no contribuir con mi dinero al sostenimiento de religión alguna.

 

- Tengo derecho a que no se me obligue a aceptar los dogmas de religión alguna, sin perjuicio, de que estos dogmas coincidan con la ley.

 

- Tengo derecho a vivir en paz, al margen de

Fuente (Derechos del Ateo): ETICA ATEA

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