
Raúl Wiener
CAÑEDO OTRA VEZ
1. En primer lugar, le pedí a Herbert que hiciera circular mi respuesta a Cañedo porque no tengo acceso a la lista en la que escribe, y en la que respondió a mi artículo ¿cuál es el problema?
2. En segundo lugar insisto en que no se deje ganar por la tristeza y se documente mejor para opinar sobre un tema que no conoce.
3. Entre la tienda (módulo o kiosko) de Cexport Exclusive que exhibe artesanías peruanas y LAP hay una demanda penal por diversos delitos: usurpación, falsedad genérica, contra la fe pública y otros.
4. Cuando el juez penal dictaminó abrirle proceso a LAP, determinó que el módulo permanecería operando en el aeropuerto en cautela de los derechos que LAP quiso atropellar con un desalojo unilateral.
5. Por tanto aquí no rigen las normas de orden civil en las que se discute la vigencia o no del contrato. Tanto es así que LAP ha debido aceptar durante cuatro años la presencia de la tienda aunque fuese lo que menos quisiera hacer en el mundo.
6. Lo que la jueza Carhuamaca ha querido hacer es apoyarse en la prescripción de uno de los delitos (contra la fe pública), para aparentar que la causa penal ya terminó y que ahora puede proceder el desalojo, cuando el principal de la denuncia penal todavía está por resolverse.
7. Cañedo está en la calle en su función de abogado de LAP.
8. Si yo vendo mi casa con un inquilino con contrato vigente, no puedo actuar de motu propio y desalojarlo por la fuerza porque no me gusta y decirle que vaya a arreglársela con el que hizo el contrato anterior.
9. Las opciones del nuevo propietario pueden ser: (a) esperar que acabe el contrato; (b) renegociarlo con algún pago al inquilino para que salga; (c) ir al juez a lo que resuelva.
10. Lo que hizo LAP y apoya Cañedo es la ley de la selva. Y lo más irónico es que había contrato con el Estado tanto para la concesión como para el alquiler de espacios en el aeropuerto, ambos documentos legítimos. ¿Por qué uno iba a valer más que el otro?, ¿sólo porque LAP es una empresa más grande?
11. Cuando digo que hay afectación de los derechos de usuarios y consumidores, es porque es mi opinión. Cuando Cañedo dice lo contrario es porque es la suya. La diferencia es que yo he estudiado y discutido este caso durante diez años y Cañedo opina porque le sale del alma sacar la cara por las empresas extranjeras.
12. Hay un sinnúmero de denuncias sobre abusos de LAP: líneas aéreas, empresas de servicios, asociaciones de consumidores (sobre tarifas), exhibidores tradicionales, taxistas, etc. Si a Cañedo le gusta que lo traten mal en su propia casa es su problema.
13. Cañedo parece que hace tiempo que no viene al país por lo que no ha tomado nota de cómo funciona el sistema de taxis y cómo la policía y el personal de seguridad de LAP, expulsan a los taxistas que dejan pasajeros para que no recojan a otros, a pesar de ofrecer mejores tarifas. ¿Libre mercado?
14. Conozco numerosos aeropuertos del mundo y no es verdad que hay un monopolio de cada servicio, por ejemplo del transporte. Peor aún como en el Perú no hay taxímetros, la tarifa es arbitraria, lo que significa que la empresa única permite cobrar precios alucinantes. ¿Hago mal en decirlo?, ¿quién me lo va a impedir?
15. ¿Ha salido Cañedo a tomar su taxi fuera del aeropuerto de Lima? Lo invito a hacerlo para que descubra el secreto LAP. Porque curiosamente ahí no hay iluminación, ni seguridad para que uso sea forzado a recurrir a los taxis verdes que trabajan con LAP?
16. Cuando digo que el sector comercial, o el servicio de taxis, la playa de estacionamiento, el hotel, y otros, no eran el objeto de la concesión, es porque obviamente el propósito del aeropuerto es facilitar el movimiento de aviones y pasajero, que son las denominadas actividades aeroportuarias, que tienen sus costos y tarifas.
17. Las no aeroportuarias, son una fuente adicional de ingresos que normalmente han sido ejercidas por vía de tercerización, es decir de operadores privados. El administrador general del aeropuerto cobra un alquiler o un canon por estas actividades.
18. La pregunta clave es que si se trata de un servicio público en el que circulan muchas personas que están obligadas a hacer uso de sus instalaciones si desean viajar, ¿cómo deben asignarse los espacios considerando el interés de muchos por comerciar allí?
19. Precisamente por esa consideración es que LAP le ofreció a los anteriores exhibidores un aparente concurso para asignar los espacios. Pero ciertamente no ganó ninguno de los que habían estado antes, pero al presentarse al "concurso" perdieron el derecho que se amparaba en el contrato con Corpac.
20. LAP calificó a la empresa de platería Ilaria, de una señora italiana, amiga de Eliane Karp, como reemplazo de la joyería Camusso que es la firma más tradicional de estos productos. Prefirió al Café Britt para la venta de libros y revistas, sobre la empresa especializada Zeta Books. Y también asignó la venta de "souvenirs" con motivos peruanos (fabricados en China) sobre las artesanías peruanas legítimas.
21. El criterio más liberal (y más reducido en neuronas) dirá que si el que manda es LAP puede definir lo que le parezca, aún cuando perjudique al consumidor, porque éste se vengará en el mercado. ¿Pero existe un mercado rala donde hay un monopolio perfecto: el aeropuerto es la única vía de salida, los ofertantes ya están escogidos de antemano?
22. Comparar un aeropuerto con un cine sólo puede hacerlo Cañedo. Es obviar el carácter de servicio público de la actividad que está a cargo de LAP y quererla poner al nivel de lo que pasa en cualquiera de los multicines que hay en diversas ciudades del Perú.
23. El aeropuerto es un espacio obligatorio de entrada y salida al país, una cara que damos al visitante, un mecanismo que puede fortalecer el turismo o debilitarlo (encareciéndolo o maltratándolo)
LA POSICIÓN DE CAÑEDO
Primeramente agradecer al señor Mújica por su papel de intermediario con Wiener.
Que triste ver a un periodista decir tantas sandeces en lo que administración de justicia se refiere. Por principio, un caso de contrato de concesión, es un asunto de índole totalmente civil, no penal.
Los que tienen contrato con la anterior concesionaria, tienen que reclamar su derecho ante quien hicieron el acuerdo, es más en el contrato de LAP con el Estado, no hubo compromiso de la empresa de admitir a los que Corpac tuvo un contrato, y para acabar de amolarla, estos estuvieron avisados con anticipación por Corpac de la rescisión del contrato, entonces ¿A quién tienen que demandar o exigir el no cumplimiento de sus contratos?
No existe afectación de usuarios, ni consumidores, porque no existe denuncia de uno o de otro, por lo tanto ¿Quien le dio autorización al señor Wiener de tomar el nombre de estos, para suponer una afectación?-A lo más el señor Wiener, o quien desee lo puede hacer en forma privada y personal, no como una asociación, donde él ya se nombró como líder de estos.
Los taxistas que pertenecen a una asociación, es una cosa formal en todos los Aeropuertos del mundo, púes los usuarios son libres de tomar esos taxis, o salir hasta las afueras del aeropuerto, y tomar los taxis que les cobran más baratos, con la salvedad, que los de la asociación les brindan la seguridad, que los de afuera no se las brindan, eso queda a elección del usuario, pero claro, para el señor Wiener, acostumbrado a la ilegalidad, al avasallamiento y a la utilización de los más pobres, quiere hacerle creer, que solo basta con que se tenga derecho a trabajar, no importando si el usuario está yendo seguro, si es asaltado por estos taxistas en contubernio con los ladrones, eso no importa, el derecho a trabajar justifica todo.
Pero no se les está negando el derecho a trabajar a los taxistas que no pertenecen a la asociación, sencillamente se le está poniendo en el sitio, donde acaba la responsabilidad del Aeropuerto de los usuarios.
Pero Wiener, nos quiere hacer creer que es ingenuo, o que lo somos, ¿Como es eso, que las actividades conexas, no son competencia de la concesionaria? , O sea, que si vamos al cine, no vemos dentro del cine que hay centro de ventas de gaseosas, palomitas, etc, etc, etc, ¿Y quién tiene este negocio, dentro del cine no paga al propietario un alquiler por el sitio ocupado? ¿O en otro arreglo acaso no es cierto, que el kiosco que vende estos productos, dentro del cine no es negocio del propietario o concesionario del cine, y pone a un empleado? Y sin embargo, el contrato del local y el permiso esta para la trasmisión de películas, pero la licencia de funcionamiento cubre todo lo demás. Es lo mismo, que dice la licencia de funcionamiento del Aeropuerto.
Y todavía tiene un cinismo, contra balas. Pero, no importa le voy hacer recordar el dicho de su mensaje:"Pero ahora se verá en otra instancia, y ahi se verá si hay justicia en el Perú" ¿Donde está que digo que usted amenaza a los jueces?, lo que digo, es que si la justicia no resuelve como usted quiere, sencillamente no hay justicia, por lo tanto es usted un remedo de Dictador, porque solo los Dictadores sin poder, quieren que la justicia se base en sus ideas o conveniencias y no en lo que manda la legalidad, espere el resultado de la sentencia definitiva, examínela en que artículos legales se basa, y después si no está de acuerdo busque usted la falta basada en otros artículos legales, sino le parece. Pero insinuar, que si no se dicta de acuerdo a sus ideas, ya sería una injusticia, lo pinta de cuerpo entero, sencillamente un aprendiz a la vejez de DICTADOR.