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Miércoles 11 de diciembre 2024   |   Contáctenos
REVISTA

¿EXISTE DEMOCRACIA SIN BALANCE DE PODERES?

La democracia es más que voto mayoritario: Gobierno limitado
Uno de los rasgos más saltantes de una democracia es la desconcentración en la administración del poder. Desde Montesquieu y Locke, la base de los regímenes democráticos no es el número o la decisión mayoritaria sino el "gobierno limitado".
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¿EXISTE DEMOCRACIA SIN BALANCE DE PODERES?

La soberanía de la mayoría, de raigambre en la ciudad Estado helénica, dio paso a la soberanía del individuo. La desconcentración de la administración del poder y la separación funcional de los órganos del Estado tiene como fundamento la necesidad de garantizar que los individuos no serán absorbidos por el Estado.

 

La república democrática moderna es, así, una cumbre de la evolución de los regímenes políticos, la superación del esquema monárquico, donde el rey no solo gobierna sino que también legisla y juzga.  En la democracia actual, en esencia, es la garantía de derechos individuales, la independencia en la administración de poderes y el respeto a las diferencias.

 

Es inconcebible, dada la evolución de los conceptos, que en el siglo XXI exista algún régimen que desande la historia y la evolución de la política como sistema. Lamentablemente, luego de importantes avances, eso es lo que está ocurriendo en algunos países y, en particular tememos que esté ocurriendo en Bolivia.

 

 

Si bien ya nos hemos referido al descabezamiento y neutralización del Tribunal Constitucional, ahora nos llama la atención la grave amenaza que el parlamento y, subsecuentemente, el gobierno de turno plantean al Poder Judicial y con ello a la independencia en la administración de poderes. Se pretende, esta vez, enjuiciar ante el Parlamento al presidente de la Corte Suprema, por retardo judicial respecto al caso Sánchez de Losada. Dicha situación puede evidenciar una fuerte injerencia política sobre un caso en curso y cuyo trámite y resolución sólo corresponden al Poder Judicial.

 

LA INJERENCIA

 

Al respecto, y con el objeto de que el lector pueda entender el porque señalamos esta posible injerencia, es necesario tomar en cuenta que el Presidente de la Corte Suprema asumió el cargo y tuvo solo seis meses en el conocimiento de la causa, además de la carga procesal que le corresponde. Por lo tanto, consideramos que la acusación de retardo judicial es una acusación que podría considerarse relativamente apresurada, más aun si el caso sobre el que se le desea imputar esta falta, es un caso que tiene implicancias políticas y está vinculado a una personalidad importante en la oposición al gobierno de turno.

 

En este sentido y sumando a lo anteriormente señalado, debe tenerse en consideración, además, algunas deficiencias formales, que se han podido observar en este proceso, como por ejemplo la violación del derecho de defensa del imputado en sede parlamentaria, toda vez que el presidente de la Corte Suprema, es decir el propio acusado, no conoce el informe acusatorio. Por tanto a la luz de los hechos descritos se denota con facilidad la posible tendencia a la neutralización del control legal y constitucional a fin de ampliar los márgenes de maniobra del gobierno y del parlamento de turno.

 

Asimismo, debemos tener presente que es conocido en el ambiente académico  el descabezamiento y neutralización del tribunal constitucional y, ahora, es notorio el interés del gobierno  de turno y  de la mayoría parlamentaria por  debilitar a quienes ejercen la administración del Poder Judicial.

 

Es necesario señalar que este intento de debilitamiento institucional ocurre en el marco de un proceso de reformas políticas y sociales radicales. Hay quien asume que  este sistema de debilita miento de la  institucionalidad ayuda a eliminar las trabas que puede tener el Gobierno  de turno para cumplir con los fines de su proyecto político.

 

Sin embargo,  consideramos que estos hechos que pretenden el debilitamiento da camino libre para que se sigan produciendo violaciones a la libertad de información, comunicación y expresión; a los derechos sexuales y reproductivos, a la vida, la integridad, la libertad y la salud.

 

POCOS AVANCES

 

Cabe resaltar que incluso en la nueva Constitución Política de Bolivia existen avances formales en materia de derechos humanos,  pero  aparentemente  no existe una voluntad política para implementarlos y  lamentablemente el Gobierno de turno esta dando, quizá de manera errónea,  señales fácticas de  una supuesta intención de  pretender controlar a las instituciones  que administran el poder en dicho Estado y  de esta forma concentrarlo.

 

Según el ACNUDH en Bolivia, el Sistema Judicial y el Ministerio Público enfrentan problemas como interferencia política, poco acceso de la población, retardación de justicia y corrupción. Resalta, también, que, a pesar de los procedimientos establecidos en la ley, el gobierno y la oposición han intentado iniciar procesos sólo ante aquellas cortes donde consideraban que era posible obtener una decisión favorable.

 

Se ha reportado que el gobierno habría procesado o amenazado con procesar a jueces que emitieron decisiones adversas a sus intereses. Menciona, el caso de la acefalía por la falta de designación de los nueve magistrados del Tribunal Constitucional, un ministro de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General de la República y dos miembros de la Corte Nacional Electoral. Las vacantes más importantes que debían haber sido completadas en 2008 son las del Tribunal Constitucional que, por consecuencia, lleva paralizado más de un año.

 

Finalmente, es necesario recalcar que sin independencia de las instituciones que administran el poder, no existe garantía alguna para la vigencia de los derechos humanos,  estos son temas interconectados en una democracia moderna.  Por tanto dependerá de  la sociedad civil debidamente organizada, así como de los ciudadanos bolivianos reclamar la modernidad y la evolución de su esquema político  conforme a las herramientas que el ordenamiento jurídico nos brinda o simplemente, tolerar  lo que ante los ojos de la comunidad internacional seria un inadmisible retroceso.

 

Eddie Cóndor Chuquiruna

Coordinador del Área de Participación Ciudadana y Buenas Prácticas

Comisión Andina de Juristas.

Las opiniones contenidas en este artículo, son de responsabilidad exclusiva del autor y no representan necesariamente una posición institucional de la Comisión Andina de Juristas.
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