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REVISTA

MINERIA ILEGAL

Profundo diagnóstico de una realidad que crece en el Perú
Con la finalidad de promover una conciencia de protección ambiental e informar sobre los factores que mellan el medio que nos rodea, GENER@CCIÓN presenta en esta edición, el extracto de un estudio preparado por Felipe Quea a propósito de la investigación que preparó para la XXVIII Convención Minera - Arequipa en setiembre de 2007 junto con Guillermo Medina y Jorge Arévalo. Aquí se exponen los peligros de la minería ilegal.
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MINERIA ILEGAL

Teniendo como característica prin­cipal el hecho de no ser una acti­vidad controlada ni regulada por el Estado, la minería informal constituye el escenario de evolución, donde quienes la promueven y ejecutan, disponen de me­dios y formas de organización, que los conducen a actuar al margen de los me­canismos de control del Estado, evadien­do sistemáticamente las normas legales existentes.

 

El aspecto más relevante que carac­teriza a los involucrados en la minería ilegal concierne al hecho que de manera premeditada actúan al margen de la ley, pues, conociendo las reglas, saben como obviarlas, promoviendo operaciones ile­gales, comprando la producción de quie­nes extraen minerales como estrategia de subsistencia y estableciendo una relación de dependencia con estos extractores, a quienes facilitan insumos y dinero como forma de asegurar su fidelidad y depen­dencia permanente.

Dado que se trata de una actividad que evoluciona a espaldas de la ley, las cifras sobre producción y características opera­tivas, de existir, no son confiables. Sin em­bargo, existen operaciones mineras deno­minadas artesanales e informales que se desarrollan en el país, cuyos protagonistas no pueden ser tipificados, en los términos que hemos descrito en los párrafos ante­riores, como ilegales. Constituyéndose de esa manera en actividades mineras de un talante diferente.

 

Se impone pues una visión actualizada de la actividad minera ilegal, pero también la que se conoce con el nombre de mine­ría artesanal peruana, la que en gran parte se desarrolla en los ámbitos de la infor­malidad o ilegalidad y que, en una míni­ma proporción, se encuentra encaminada en el necesario proceso de formalización que no solo beneficiaría a ellos en diver­sos aspectos, sino también al país en su conjunto.

 

DEFINICIONES DIVERSAS

Aunque en unos países se refieren a ella como "minería en pequeña escala", de la misma manera que el Banco Mundial usa para denominar a los pequeños y a los mineros artesanales formales o informa­les, en otros de América Latina y el Caribe se le denomina con diferentes nombres. Así en el Brasil se les llama "garimpeiros", "barequeros" en Colombia, "coligalleros" en Costa Rica, "gambusinos" en México, así como "guiriseros" en Nicaragua, "la­ vadores de oro" en República Dominica­na, "pirquineros" en Chile y Argentina, y "porknockers" en Guayana y Surinam.

 

En el caso del Perú, además de la gran y mediana minería, al referirse a este tipo de actividad extractiva, se hace una dife­renciación de los estratos de minería arte­sanal y de pequeña minería. O mediante una interpretación libre, se considera que la "minería en pequeña escala" está con­formada por dos componentes distintos que son la pequeña minería y la minería artesanal y esta última puede ser formal o informal según sea su condición de legali­dad o ilegalidad, respectivamente.

 

Esta situación, aparentemente sutil y hasta cierto punto intrascendente, en­cuentra sustento en el hecho de que las legislaciones mineras de distintos países latinoamericanos, en algunos casos, no tienen tratamiento diferenciado por es­tratos, como en los casos de Argentina, México, Guatemala, Uruguay y Chile. O en otros, como el de Colombia, en el que sí existe la pequeña, mediana y gran mine­ría, haciéndose mención además a coope­rativas, precooperativas y a la minería de subsistencia.

 

Tras esta proliferación de sinónimos, existe la doble dificultad de definición y conceptualización de este estrato en el caso del Perú. Pues las característi­cas y rasgos peculiares que identifican a la denominada "minería artesanal/in­formal" en nuestro país, que incluso no compatibilizaban con los de la llamada "pequeña minería tradicional", dentro de la cual tácitamente se la involucra­ba, determinaron por mucho tiempo su exclusión de la legislación minero-am­biental peruana.

 

Esto, a pesar del considerable número de personas que se involucraban en estas actividades extractivas y de su importante contribución en términos de volumen y va­lor de producción. Particularmente por lo que sucede en el rubro de la explotación aurífera, y obviamente, dado el inmejora­ble escenario internacional del precio del oro, de su vigencia incontrastable dentro de la trama económica, social y, por qué no, de la realidad peruana.

 

Sin embargo, el desconocimiento ofi­cial de la realidad ineludible de lo que constituye la minería artesanal, así como de su importancia social y económica, es uno de los más serios obstáculos para el acceso de esta actividad hacia un proce­so de formalización sostenible. Estrategia válida para la generación de auto empleo. Y por lo tanto, instrumento capital en la lucha contra la pobreza, en la expectativa de alcanzar uno de los objetivos de desa­rrollo del milenio.

 

DIAGNÓSTICO

La minería artesanal en el Perú es una actividad ancestral que toma gran impul­so, con visos de informalidad, a partir de la década del 80 del siglo pasado en un contexto de recesión económica, crisis del campo, violencia política, generada por el terrorismo, que determinaron pro­cesos migratorios, principalmente a zonas con filiación aurífera, en un contexto de in­cremento de precios del metal amarillo.

 

Lo que explica que un elevado porcen­taje de esta actividad este orientada hoy a la explotación de yacimientos auríferos, sean aluviales o de vetas que proliferan por doquier en nuestra patria con las con­secuencias sobre el medio ambiente de más en más conocidas y, en una peque­ña proporción, yacimientos no metálicos, materiales de construcción y recientemen­te de cobre, dado el alza en la cotización internacional de este metal.

 

Al promulgarse a comienzos del año 2002, la Ley N° 27651 de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y Mi­nería Artesanal, y posteriormente su res­pectivo reglamento, se ha creado el mar­co jurídico adecuado y perfectible para el reconocimiento oficial de la minería artesanal/informal, e incluso hasta para definirla, dado que anteriormente se tenía que recurrir en "préstamo" a la definición que sobre esta actividad había adoptado el Banco Mundial.

 

Ya que hasta entonces nos referíamos a este tipo de actividad, al igual que lo hacia el Banco Mundial, como el "tipo más primario de minería, caracterizada por individuos o grupos de individuos que explotan depósitos en pequeña escala con métodos manuales o equipos muy simples". Es obvio ahora que después de 2002 se han creado también las condi­ciones básicas para aspirar a la integra­ción de la minería artesanal/ informal en el sector de la economía formal.

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