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Viernes 15 de junio 2012

Selección peruana: FPF respaldó lesiones de Vargas, Farfán, Zambrano y Pizarro

La FPF respaldó a los lesionados.
Selección peruana: FPF respaldó lesiones de Vargas, Farfán, Zambrano y Pizarro
Foto: Libero.pe

El máximo ente del fútbol peruano, la Federación peruana de fútbol (FPF) emitió un comunicado en el que descarta posibles actos de indisciplina de parte de los futbolistas que no pudieron actuar en los partidos de las Eliminatorias a Brasil 2014.

En el comunicado se puede apreciar que el ente respalda a Claudio Pizarro, Jefferson Farfán, Juan Vargas y Carlos Zambrano excusándolos de su participación en las dos fechas de las Eliminatorias a Brasil 2014 ante Colombia y Uruguay, en donde se perdieron ambos partidos, jugando de local y visita respectivamente.

Lee a continuación el comunicado emitido por la Federación Peruana de Fútbol sobre los últimos casos presentados.

La Federación Peruana de Fútbol, considera necesario hacer de conocimiento público lo siguiente:

1. Para los partidos sostenidos por la Selección Peruana contra las selecciones nacionales de Nigeria, Colombia y Uruguay, fueron convocados un total de 31 jugadores, los cuales se incorporaron progresivamente a partir del día lunes 14 de mayo de 2012 hasta el día domingo 10 de junio a las 12 de la noche, momento en el cual, tras el retorno de la ciudad de Montevideo, el último grupo de 24 jugadores, quedó desconvocado y, en consecuencia, liberado de todo compromiso con la Selección.

 

2. Durante dicho período, los jugadores realizaron terapias de rehabilitación y jornadas de entrenamiento, concentrándose además, 2 días para el partido contra Nigeria, 3 días para el partido contra Colombia y 3 días para el partido contra Uruguay. Cada concentración comprendió a un grupo de 24 jugadores. Tanto los entrenamientos, como la rehabilitación y las concentraciones, se realizaron de manera adecuada, sin ninguna novedad, a total satisfacción del Cuerpo Técnico.

 

3. Los jugadores Juan Manuel Vargas, Rinaldo Cruzado, Raúl Fernández, Santiago Acasiete, Alberto Rodríguez y Carlos Zambrano, llegaron lesionados de sus clubes de origen, siendo convocados con el propósito que, conforme a la reglamentación FIFA vigente, se pudiera supervisar su rehabilitación con la expectativa de poder utilizarlos si los exámenes previos a los encuentros, confirmaban la superación de sus lesiones. De los referidos jugadores, únicamente Rinaldo Cruzado y Raúl Fernández superaron su lesión.

 

4. El jugador Juan Manuel Vargas, padecía de una lesión al ligamento colateral interno de la rodilla derecha, por lo que su club de origen, Associazione Calcio FirenzeFiorentina, remitió a la Federación Peruana de Fútbol una comunicación que limitaba la aplicación del seguro internacional del jugador en el supuesto que la lesión recrudeciera por participar en algún encuentro como parte del seleccionado nacional antes de los 60 días de la fecha en que contrajo la lesión (19 de abril de 2012), razón por la cual se le descartó completamente para los partidos contra Nigeria y Colombia, y se estableció una posible participación en el partido contra Uruguay, condicionada a los resultados de la resonancia que indicaran que la lesión había sido completamente superada. El examen de resonancia magnética a la rodilla derecha del referido jugador se realizó el día lunes 4 de junio, confirmándose que la lesión no había sido superada por lo que se le descartó automáticamente del encuentro con Uruguay.

 

5. El jugador Claudio Pizarro llegó con una molestia a la altura del glúteo izquierdo que había sido diagnosticada en su club de origen como un problema neurológico con resultado de Resonancia Magnética Nuclear negativos a lesión. En base a ello, entrenó y jugó el partido amistoso contra Nigeria.

Sin embargo, en el entrenamiento del día martes 29 de mayo, después de un par de días de práctica normales, fue afectado por un dolor en la misma zona de molestia que, luego de los exámenes correspondientes, fue diagnosticado como un desgarro muscular, quedando descartado inmediata y definitivamente de los encuentros contra Colombia y Uruguay.

 

6. En el caso particular del jugador Jefferson Farfán, fue afectado en la práctica del día martes 29 de mayo por un dolor diagnosticado, luego de la resonancia magnética correspondiente, como una lesión muscular en el muslo derecho. El jugador fue sometido a tratamiento de crecimiento plaquetario con la intención de facilitar su participación en los encuentros contra Colombia y Uruguay.

Como es de conocimiento público, el jugador ingresó en los últimos minutos del encuentro ante Colombia, resintiéndose de la lesión, lo que le impidió entrenar con normalidad los días lunes 4 y martes 5 de junio.

El día miércoles 6 de junio a la una de la mañana, el referido jugador se comunicó con el Médico de la Selección para hacerle saber que se encontraba en la Emergencia de la clínica San Pablo y que había sido diagnosticado de una intoxicación, por lo que quería que coordinara con los médicos de emergencia de la clínica para validar el tratamiento a seguir, de manera que no se indicase algún medicamento que lo inhabilitase del partido contra Uruguay por dopaje. Como consecuencia de ello, se le aplicó un corticoide que podía ser suministrado hasta 72 horas previas a un partido oficial.

El día jueves 7 de junio, se evaluó la lesión muscular, comprobándose que no había sido superada, por lo que se oficializó la desconvocatoria del referido jugador.

Es preciso agregar, que los efectos de la reacción alérgica severa del jugador Farfán se mantuvieron inclusive hasta el día viernes 8 de junio fecha en que se pidió la interconsulta con una especialista en dermatología que abrió la posibilidad que la reacción hubiera sido producida por una intoxicación medicamentosa.

 

7. La Federación ratifica la plena confianza en el Comando Técnico y en el compromiso de los jugadores que integran el plantel, así como ratifica su profunda convicción en que los resultados obtenidos hasta la fecha habrán de ser mejorados con el concurso de todos.

 

8. Finalmente, la Federación comunica que – si bien no hará pronunciamiento adicional alguno, ni institucionalmente, ni a través de sus directivos, funcionarios o empleados, con relación a los temas aquí contenidos – ejercerá todas las acciones que la ley le faculta en aquellos casos en que el ejercicio de la libertad de expresión pueda haber trasgredido el derecho al honor, imagen y reputación de las personas.

 

Lima, 15 de junio de 2012

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