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Miércoles 13 de marzo 2019

Perú: agencias de viajes y turismo deben contar con certificación del Mincetur

Sin contrata servicios de turismo de aventura a través de agencias de viajes y turismo operadoras, debe verificar que la misma cuente con el Certificado de Autorización respectivo.
Perú: agencias de viajes y turismo deben contar con certificación del Mincetur
Foto: mincetur.gob.pe

 

Si prestan servicios de turismo de aventura deben contar obligatoriamente con el Certificado de Autorización expedido por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) si la oficina está ubicada en Lima Metropolitana, o por la Dirección o Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo de la región donde se ubique su oficina.

Las actividades que son consideradas turismo de aventura son:

1) Ala delta

2) Barranquismo

3) Buceo

4) Cabalgata

5) Canopy/Zipline

6) Ciclismo

7) Esquí

8) Escalada

9) Espeleología o exploración de cuevas

10) Kayak

11) Kite surf

12) Parapente

13) Puentismo

14) Rápel

15) Sandboard

16) Tabla a vela

¿Cómo obtener el Certificado de Autorización?

Para brindar este servicio, además de estar constituidas como una Agencia de Viajes y Turismo registradas en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados, se deberá presentar una solicitud indicando el número de recibo y fecha de pago del derecho de trámite adjuntando los siguientes documentos:

1. Relación de la o las modalidades de turismo de aventura que pretende prestar; así como los lugares donde se desarrollarán.

2. Relación de equipos para cada modalidad de turismo de aventura que se pretende ofrecer, los que deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento de Seguridad para la prestación del servicio turístico de Aventura. Los equipos deberán estar codificados.

3. Relación del contenido del equipo de primeros auxilios.

4. Declaración Jurada de compromiso a prestar el servicio con personal especializado y que cumplirá con lo establecido en el Reglamento.

5. Programa de Manejo de Riesgos y Atención de Emergencias.

6. Programa de Mantenimiento de Equipos.

7. Manual Interno de Operación.

Los documentos deben estar acordes a las especificaciones aprobadas por el Viceministerio de Turismo. Puedes descargar los reglamentos, anexos y formatos en la web del Mincetur:https://www.mincetur.gob.pe/turismo/normas-legales/prestadores-de-servicios-turisticos/

El personal especializado encargado de instruir al turista deberá contar con un Certificado de Competencias Laborales que acredite que reúne las competencias necesarias para instruir al turista y facilitar la charla de información y orientación; o de lo contrario acreditar una experiencia práctica mínima de tres (3) años en la o las modalidades de turismo de aventura respectivas (la experiencia será acreditada por entidad pública o privada legalmente constituida).

Además debe contar con conocimientos certificados de primeros auxilios de acuerdo a la modalidad, y deberá ser capacitado en la aplicación del manual y programas antes referidos por la agencia de viajes y turismo.

NOTA

Si prestan servicios de turismo de aventura a través de otras agencias de viajes y turismo operadoras, debes verificar que la misma cuente con el Certificado de Autorización respectivo.

Para cualquier información o duda puedes comunicarte al teléfono 01 513 6100 anexos 1622, 1624, 1636 o 1637; o acercarte a la oficina de la Dircetur/Gercetur del Gobierno Regional donde se ubica tu establecimiento.

 

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