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Martes 10 de junio 2014

Sectores minero y petrolero con mayores delitos ambientales

La pena por un delito de contaminación es de hasta seis años de privación de la libertad o cárcel.
Sectores minero y petrolero con mayores delitos ambientales
Foto: Difusión

De los 212 casos de conflictos sociales registrados en abril por la Defensoría del Pueblo, los más numerosos son los de carácter socioambientales (136). Muchos de estos casos se centran en empresas que contribuyen con la polución del medioambiente, tras haber cometido infracciones administrativas y/o delitos ambientales.

Los casos más comunes con delito ambiental corresponden a las empresas del sector minero y sector petrolero, sostuvo Carlos Caro, socio de la firma Caro & Asociados.

La pena por un delito de contaminación es de hasta seis años de privación de la libertad o cárcel. En el caso de infracciones ambientales, La OEFA (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental) puede imponer hasta 30.000 UITs a la empresa infractora”, informó Caro.

Un delito ambiental afecta un interés concreto o bien jurídico, es decir que se requiere el daño efectivo o potencial para el ambiente; mientras que una infracción ambiental implica la simple violación de una regla administrativa, por ejemplo incumplir una regla de cuidado u omitir una medida de prevención. La diferencia entre delito e infracción es, por lo tanto, el daño ambiental que se exige para el caso penal. Y el problema, indica Caro, es que muchas veces se siguen caso penales que en realidad son simples infracciones administrativas, se gasta recursos en perseguir casos que el Poder Judicial termina archivando.

Caro recordó que tenemos cifras preocupante porque según el estudio “Evaluating the Relative Environmental Impact of Countries”, realizado por el instituto de Medioambiente de la Universidad de Adelaida en Australia –en colaboración con la Universidad Nacional de Singapur y la Universidad de Princeton, el Perú se encuentra en el puesto 10, a nivel mundial, en el ranking de contaminación ambiental; y en el puesto 110 de desempeño o cumplimiento ambiental, según el Índice de Desempeño Ambiental (EPI, por sus siglas en inglés) efectuado por la Universidad de Yale y Columbia.

Una forma de mitigar ello es que se pueda concretar la aplicación de nuevos límites máximos permisibles (LMP) para las industrias, así como el ajuste de los estándares de calidad ambiental (ECA), por parte del Ministerio del Ambiente (Minam) y otras autoridades competentes.

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