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Viernes 13 de septiembre 2013

Aprueban ley sobre delitos informáticos

También se establecerá una escala de multas que fija el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones.
Aprueban ley sobre delitos informáticos
Foto: dipsegovia.es

El Pleno del Congreso aprobó este jueves 12, por unanimidad, la Ley de Delitos Informáticos, a fin de prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas y datos informáticos.

Los votos fueron con 83 a favor, cero en contra y cero abstenciones. Asimismo, se exoneró en segunda votación con 53 votos a favor, 23 en contra y una abstención.

El presidente de la Comisión de Justicia, Juan Carlos Eguren (PPC-APP), sustentó el dictamen que recoge las iniciativas legislativas propuestas por el Poder Ejecutivo y las presentadas por los representantes del Poder Legislativo.

Estas iniciativas proponen una criminalización específica respecto a los delitos de pornografía infantil, al uso y comercialización del niño para fines sexuales o patrimoniales. Igualmente, incorpora el delito de fraude informático. La norma no hace referencia a la exclusión en la participación de los autores del delito.

Asimismo, establece una escala de multas que fija el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, las mismas que se aplicarán atendiendo las características, complejidad y circunstancias de los casos aplicables a las empresas bajo su supervisión.

Dicha ley no comprende los delitos contra los derechos de autor ni las descargas de música o de sistemas de usuarios que intercambian información gratuita. Sanciona el fraude informático, que incluye la clonación de datos informáticos, sancionando a sus autores con una pena no menor de cinco ni mayor de diez años, cuando se afecte el patrimonio del Estado destinado a dines asistenciales o a programas de apoyo social.

Respecto a la suplantación de identidad establece que el que mediante la tecnología de la información suplanta la identidad de una persona natural o jurídica, siempre que dicha conducta resulte algún perjuicio, será reprimido con una pena privativa no menor de tres ni mayor de cinco años.

El dictamen plantea sancionar los delitos de violación de la intimidad de la data personal, del secreto de las comunicaciones; la revelación indebida de data o información de carácter personal; la tenencia y tráfico de material de pornografía infantil. Estos delitos serán sancionados con penas privativas de la libertad hasta por seis años.

Cabe resaltar que este debate se inició en el Pleno Matutino, con la participación de congresistas de las diversas bancadas (Se publica en nota aparte) y fue retomado en la sesión vespertina, toda vez que la Representación Nacional había dejado en cuarto intermedio dicho dictamen del citado proyecto de ley.


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