Los vecinos de Lima y Callao que no cumplan con izar la Bandera Nacional con motivo de la celebración del 190 aniversario de la Independencia Nacional, recibirán multas que van desde los 54 hasta los 1,800 nuevos soles de acuerdo a la reglamentación de la Ley 8916.
Así lo señaló el director del Instituto Peruano de Administración Municipal (IPAM), Marco Tulio Gutiérrez, quien dijo que la Bandera que debe izarse en las viviendas no deben tener el Escudo Nacional ni ningún otro tipo de símbolo. El experto añadió que las municipalidades podrán cobrar multas a quienes no coloquen el símbolo patrio durante todo el mes de julio e, inclusive, parte de agosto.
Sin embargo, Gutiérrez aclaró que las leyes vigentes - Ley 8916 y su modificatoria 15253 – establecen la obligatoriedad del izamiento de la bandera solo los días 27, 28, 29 y 30 de julio y no durante todo el mes o hasta el 15 de agosto como lo han dispuesto algunas municipalidades.