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Lunes 09 de abril 2012

Consultor Luis Quispe Candia habla sobre la crisis del transporte en Perú

Analista comparte un poco de sus conocimientos.
Consultor Luis Quispe Candia habla sobre la crisis del transporte en Perú
Foto: larepublica.pe

Análisis. El abogado y psicólogo Luis Quispe Candia, director de la ONG Luz Ámbar, habla sobre el tema de la seguridad vial en nuestro país y realiza un balance de la realidad detrás de las leyes que no se cumplen.

¿Usted cree que hay una política vial y, de haber, se está llevando a cabo?

No, definitivamente no. Para empezar, ningún candidato presidencial, ni en la primera ni en la segunda vuelta, ha tomado en cuenta el problema de la política vial del país. De manera que en el discurso presidencial no ha sido mencionado ni siquiera someramente.

¿Y cuál es la raíz del problema?

El problema fundamental radica en la ley 27181 (Ley marco del Transporte y Tránsito Terrestre). Este estatuto establece seis autoridades a cargo del sistema de transportes: el Ministerio de Trasportes, los gobiernos regionales, los gobiernos distritales, los gobiernos provinciales, la Policía Nacional del Perú, la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) e Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). Y todos ellos tienen las mismas facultades: de gestión, de fiscalización y de normativa, es decir, ellos pueden emitir normas en su jurisdicción, aunque la ley diga en su segundo párrafo que los gobiernos locales pueden hacerlo sin contravenir las leyes ni los reglamentos.

Esta separación de poderes está volviendo más lento e ineficiente la fiscalización del tránsito…

Lo que hace esta dispersión de la autoridad es que haya contradicción entre ellos mismos. Mientras una autoridad dispone una cosa, la otra no coadyuva. No se han podido sentar en estos años, porque esto data de 1999. No han tenido la capacidad de reunirse las 7 autoridades para discutir el problema. De ahí parte todo.

Como lo que sucede en el Callao y Lima. Sus normas de tránsito son distintas.

Así es. El reglamento de ellos no debería contravenir una norma nacional. Es así que tenemos 24 regiones que sacan ordenanzas, tenemos 1800 distritos que sacan reglamentos relacionadas con los vehículos menores. Allí está el problema. Tenemos que tener una sola autoridad que regule, que centralice todo el poder y, evidentemente, las otras autoridades deben contribuir a esta única autoridad, la cual tiene que ejercer el mando y diseñar toda la política de seguridad vial del país.

Con respecto a las sanciones de los conductores, ¿Las leyes son muy blandas o deficientes? porque muchos accidentes de tránsito no son sancionados. ¿Qué es lo que sucede?

El reglamento Nacional de tránsito acarrea sanciones con multas pecuniarias, suspensiones y sanciones administrativas. Pero cuando el conductor, siendo responsable del vehículo, causa lesiones o muertes automáticamente se constituye delito.

Lo que ocurre es que en nuestra normativa al accidente de tránsito es aún catalogado como “accidente”, es decir, un hecho fortuito, un hecho involuntario. En otras legislaciones como Argentina se ha quitado el término “accidente” y se ha colocado la palabra “suceso”. Es un suceso de tránsito donde tiene que haber un responsable, ya sea el conductor o el peatón. Ya no hay posibilidad de acogerlo como un infractor, como un sujeto que cometió una sanción culposa y no de dolo.

¿Y los jueces?

Actúan con laxitud. Es más, ellos convocan tanto al infractor y al perjudicado y se levanta un acta bajo el Principio de Oportunidad. Se paga una reparación y todo termina con un acta de conciliación. Eso debería cambiar. No debería considerarse como delito menor el conducir en estado de ebriedad.

Es decir, estamos esperando que haya un desenlace fatal para aplicar la ley…

Exacto. Por eso no hay conductores presos en los penales a menos que sean casos mediáticos. La mayoría llega al juez, se gasta dinero y papel y el día indicado le leen la sentencia, pero al final le dicen que queda suspendida. Es decir, no lo envían a la cárcel aunque sea por un mes. Lamentablemente nuestros jueces consideran que si la pena no es mayor de tres años, no debe ser efectiva.

Pero, a favor de ellos, podemos hablar del hacinamiento de los penales…

Eso se arguye. Sin embargo, no se puede dejar de sancionar. Cada día 10 peruanos mueren por este tipo de delitos, ¿Dónde está el Ministerio de Justicia?. Ellos deberían crear cárceles exclusivas para este tipo de delitos, como en Colombia. Si bien es cierto no podemos mezclarlos con presos comunes, el culpable debería recibir la sanción que merezca. Para tal caso no debería existir la frase “pena privativa de la libertad” en el Código Penal si no se cumple. Lo único que se hace es reforzar una conducta negativa cuando una sanción no se aplica. Los conductores saben que si van al Poder Judicial van a salir por la puerta grande.
Por otro lado, la mayor parte de las empresas de transporte no tiene un registro de las sanciones de sus conductores.

¿No hay ninguna ley que les exija a tener algún control?

La norma no los obliga. La regla dice que cuando las infracciones son recurrentes en las empresas, las sanciones se duplican. Las infracciones del Reglamento del Transporte urbano están dirigidas a la empresa. Pero ninguna paga un solo céntimo de multa porque hacen firmar al dueño del vehículo un contrato el cual dice: “Yo, dueño, me obligo a pagar las multas de transporte”. ¿Y la autoridad municipal?. Bien gracias porque esos contratos llegan a sus manos y no hacen nada por denunciarlos.

El tema se reaviva por lo mediático, por el caso del joven fotógrafo Ivo Dutra. De lo contrario, la gente se mantiene desensibilizada. Todos los días vemos un caso como este en los medios.

Todos los días. Ivo cruzaba por el crucero peatonal. Estaba haciendo uso de su derecho. Aun suponiendo que el conductor estaba con luz verde, ya Ivo había atravesado más del 50% del crucero peatonal. Estaba en un espacio que le correspondía. El conductor debía detenerse. Es que en nuestro país los conductores desconocen que el crucero peatonal es una vía exclusiva del peatón que debe respetarse totalmente. Basta que haya un crucero peatonal para que el conductor disminuya la marcha y se detenga.

¿Qué recomienda para que esto no suceda?

No se pude cambiar la ley de la noche a la mañana, pero sí podemos pedir que las autoridades cumplan, por lo menos, lo que se les ha asignado, y no lo están haciendo. El tráfico está a la deriva porque la municipalidad no hace lo que debe hacer, y no nos referimos a la señora Villarán ya que este es un tema de hace varios años. Necesitamos autoridades que sean proactivas, que no actúen solo ante los acontecimientos mediáticos. Necesitamos que actúen para prevenir y no por hechos mediáticos. Una campaña debe ser sostenida en el tiempo. A su vez, tenemos que fomentar la cultura del reclamo. Reclama tu derecho, exige tu derecho. Todos tenemos que poner de nuestra parte. Asumir que el uso de la vía debe hacerse de modo responsable, respetando todo el sistema de señalización de las. Hay que tomar conciencia (Con información del diario La República).

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