El magistrado del 56 Juzgado Penal de Lima, Malzon Urbina, explicó que su fallo a favor del hábeas corpus presentado por los comerciantes de La Parada, estuvo basado en que el terreno ubicado en el distrito de La Victoria, “fue donado para ser mercado y no para parque”.
“Las donaciones constituyen un contrario y ello es de obligatoriedad de las partes”, indicó el magistrado en conferencia de prensa, a la cual acudió solo.
Además, el juez Urbina arremetió contra la Municipalidad de Lima.
“La comuna edil ha interpretado de forma tendenciosa que como es de utilidad pública puede ser un parque....en derecho eso es inadmisible”, sostuvo.