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Martes 03 de junio 2014

Modifican ley de ascensos de oficiales de Fuerzas Armadas

En Comisión de Defensa Nacional.
Modifican ley de ascensos de oficiales de Fuerzas Armadas
Foto: peru21.pe

La Comisión de Defensa Nacional, que preside el legislador Hugo Carrillo Cavero (NGP), aprobó, por unanimidad, el proyecto de ley que propone la modificación de los artículos 6, 7 y 10 de la ley 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas.

La iniciativa legislativa plantea en el artículo 6 que son requisitos para postular al proceso de ascenso el tiempo de servicios real y efectivo como oficial en el grado militar, así como sus formaciones psicosomáticas, profesionales y la disciplina.

Respecto al artículo 7, la modificatoria se extiende el número mínimo de años de servicios reales y efectivos en cada grado militar: subteniente, alférez de fragata o alférez es de cuatro años, la misma cantidad de años es para teniente o teniente segundo, capitán o capitán de corbeta.

Asimismo, el ascenso de mayor o capitán de corbeta y teniente coronel, capitán de corbeta y comandante es de seis años. Un coronel o capitán de navío los años de ascenso es de seis años con un mínimo de 24 años de servicios reales y efectivos.

También formula cinco años para general de brigada, contralmirante o mayor general con un mínimo de 30 años de servicios, y para los ascensos de general de división, vicealmirante o teniente general se requiere un mínimo de 40 años de servicios reales y efectivos.

Para oficiales de servicios procedentes de universidades en el grado de coronel o capitán de navío se requiere como mínimo 22 años de servicios reales y para el ascenso de general de brigada, contralmirante o mayor general se requiere un mínimo de 28 años.

El proyecto agrega que además de los años de servicios señalados es requisito para ser designado como general de división, vicealmirante o teniente general el acreditar haber culminado satisfactoriamente estudios de Alta Especialización Castrense.

Finalmente, el artículo 10 expone en la demarcación de vacantes en la que las promociones de egreso para oficiales procedentes de las escuelas de formación e ingreso para los oficiales de procedencia universitaria.

En el debate, los parlamentarios Daniel Mora Zevallos (PP), Octavio Salazar Miranda (FP) y Luisa María Cuculiza (FP), respaldaron el proyecto en la que señalaron que esta iniciativa legislativa evitará que las ley de ascenso y la de situación militar contengan información diferente.

HÉROES NACIONALES

La comisión también aprobó, por unanimidad, el proyecto de ley que modifica el artículo 1 de la Ley 24308, Ley que declara héroes nacionales a varios ciudadanos, y reinvindica el lugar histórico de los acontecimientos en el distrito de Quequeña, provincia y región Arequipa.

El parlamentario Gustavo Rondón Fudinaga (SN), autor de la incitativa, sustentó el proyecto en el que señaló que se debe precisar en la ley, el nombre del pueblo de Quequeña, así como la fecha 24 de noviembre de 1883.

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