El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha logrado que 37 entidades del Estado eliminen 978 barreras burocráticas, entre junio de 2013 y 4 de diciembre de 2015. Este es el resultado de las continuas investigaciones de oficio emprendidas por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB).
La Secretaría Técnica de la CEB explicó que tales investigaciones no requirieron de la presentación de una denuncia por parte de una empresa en particular. Así, los logros se dieron tras visitas de inspección y entrega de comunicaciones informativas a las entidades en las que advertían las leyes que podrían estar incumpliéndose en relación con el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como la posibilidad de sanciones con multas de hasta 20 UIT si no cambiaban su accionar.
Todo ello en el marco la Ley N° 30056 que determina las sanciones que recibirían los funcionarios si no cumplen la norma. Como se sabe, estas van desde una amonestación, debido a una falta leve, hasta una sanción máxima de S/. 77,000 (20 UIT) ante la gravedad del daño, la reincidencia o continuidad de la comisión de la infracción, intencionalidad, entre otros criterios.
Con esta ley se contempla no solo una sanción para el funcionario público que impone una barrera burocrática previamente declarada ilegal, sino también al servidor público o cualquier otra persona que ejerza funciones administrativas que hayan sido delegadas bajo cualquier régimen laboral o contractual.
De esta forma la CEB logró la eliminación voluntaria de dichas barreras que involucran, en su mayoría, a municipalidades, sin que sea necesaria la imposición de sanciones.
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La entidad que más barreras ha eliminado a la fecha es la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres con 126 barreras eliminadas. Le siguen: Villa el Salvador (68), Puente Piedra (62), San Miguel (55), Ate (51) y entre otras.
Estas barreras están relacionadas a las restricciones y cobros para realizar la ejecución de obras de infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de electricidad, agua y alcantarillado, conexiones domiciliarias de gas y telecomunicaciones.
Asimismo, se encontraban vinculadas a requisitos y cobros para la obtención de licencias de edificación en todas sus modalidades, así como a requisitos para obtener la licencia de funcionamiento que exceden lo que ya exige la ley nacional (Ley N° 28976).
Del mismo modo, estas barreras involucraban la imposición de restricciones y cobros para la instalación de anuncios publicitarios pese a que estas deben ser permanentes, requisitos y cobros para la obtención de grados académicos y títulos profesionales.
Finalmente, están aquellas que buscan imponer plazos excesivos y silencios administrativos negativos para autorizaciones de funcionamiento y de anuncios publicitarios. Más detalles en:
Ahorro económico
Según un estudio realizado por la institución, durante el 2014, la inaplicación de barreras burocráticas produjo un impacto positivo en la economía del país y en consecuencia representó un ‘ahorro efectivo’ superior a los 418 millones de soles.
Cabe precisar que existen dos clases de barreras burocráticas. Las ilegales, son aquellos requisitos, prohibiciones o cobros que exceden el ámbito de competencia de la entidad que las impone, contravienen el marco legal promotor de la libre iniciativa privada y de la simplificación administrativa, así como no respetan los procedimientos y formalidades necesarias para su imposición.
Mientras que las carentes de razonabilidad son aquellas que no cuentan con justificación, una satisfacción sustentatoria y una elección eficiente.
De interés
De enero a octubre de 2015, la CEB ha iniciado 370 procedimientos. De estos, 303 corresponden a denuncias de parte y 67 a procedimientos iniciados de oficio. Mientras que, en este mismo periodo, se han resuelto 348 procedimientos.