En operativos ejecutados el 2 de marzo y el 24 de febrero, la Policía Nacional en coordinación con la Oficina de Control y Confianza del Ministerio del Interior intervino a cuatro conductores, quienes tras ofrecer coimas a los agentes del orden, fueron sentenciados a tres años y cuatro meses de pena privativa de la libertad suspendida por el delito de corrupción de funcionarios, en el marco de la campaña “La integridad no se negocia”.
Se trata de Kenly Marín Chávez, Bryan Stephen Morán Ruiz, Josmel Manuel Erazo Alonzo y Néstor Gabriel Urtanueva Aburto, quienes fueron abordados por el personal policial del departamento de Tránsito “Fénix” cuando conducían sus vehículos en el cruce de las avenidas Tomas Valle con Avenida Túpac Amaru, en la zona de Lima Norte.
En ambos operativos los conductores fueron trasladados a la comisaría cercana y, tras reconocer su infracción, se acogieron a la terminación anticipada del proceso, siendo sentenciados a una pena de prisión suspendida de tres años y cuatro meses, así como al pago de reparación civil a favor del Estado.
Desde enero de este año el Ministerio del Interior y la Fiscalía de la Nación realizaron 19 operativos, se intervino a 703 vehículos y se impuso 71 papeletas de tránsito. El personal policial provisto de cámaras registra las incidencias de los actos de cohecho por parte de ciudadanos infractores al reglamento general de tránsito.
En total son 13 sentenciados
Es importante recordar que como resultado de los operativos realizados del 25 de enero al 16 de febrero, nueve choferes fueron sentenciados por el Poder Judicial por ofrecer dinero a efectivos policiales para evitar las mutas por las infracciones de tránsito que cometieron, sumando en total 13 sentenciados hasta el momento.
De acuerdo a las normas vigentes, si un ciudadano ofrece dinero a un policía para que no cumpla con su función puede ir preso hasta por ocho años, de acuerdo a la normativa vigente.
Asimismo, sí el policía que pide, acepta o recibe un donativo, promesa o cualquier otro beneficio para realizar u omitir un acto en desacato de sus obligaciones será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de 10 años e inhabilitación en sus funciones.