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Sábado 09 de diciembre 2023

CIDH rechaza falló del TC: Alberto Fujimori salió de penal de Barbadillo en "incumplimiento de las órdenes emitidas"

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) le hizo saber al Tribunal Constitucional que conceder la libertad a Alberto Fujimori, condenado a 25 años de prisión por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, sin que haya cumplido el tiempo establecido por la justicia peruana, contraviene a las obligaciones internacionales del Estado peruano e incumple las órdenes emitidas.
CIDH rechaza falló del TC: Alberto Fujimori salió de penal de Barbadillo en 'incumplimiento de las órdenes emitidas'
Foto: Difusión


«La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) rechaza la decisión de Perú que ordenó la libertad al expresidente Alberto Fujimori, quien cumplía una condena por graves violaciones a los derechos humanos. Esto, en contravención de las obligaciones internacionales del Estado y en incumplimiento de las órdenes emitidas por la Corte IDH», ha hecho de conocimiento público, a través de un comunicado, la más instancia de justicia interamericana. 

En el comunicado emitido el día de ayer, viernes 8 de diiciembre, la CIDH señala que en 2022 la CIDH había ordenado al Estado peruano no ejecutar la orden de libertad, basada en un indulto presidencial, concedida "por razones" humanitarias" a Alberto Fujimori a fines de diciembre de 2017. En el mismo comunicado, la CIDH recuerda que la orden de 2022 fue emitida debido a que no se habían cumplido "las condiciones determinadas en el marco de la supervisión de cumplimiento de las sentencias de los casos de Barrios Altos y La Cantuta". 

El pasado martes 5 de diciembre, el mismo día que el Tribunal Constitucional falló a favor de la liberación de Alberto Fujimori, el presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Ricardo Pérez Manrique, emitió una resolución en la que requirió al Estado peruano no ejecutar dicho fallo hasta que puedan determinarse cabalmente si se ajusta a las condiciones que estableció en abril del 2022.

La CIDH recuerda que el Estado peruano "ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos y reconoció la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH" y que por lo tanto "está obligado a acatar las decisiones que esta adopte en el ejercicio de sus facultades para supervisar el cumplimiento de sus sentencias y de emitir medidas provisionales", por lo que "conceder indultos u otras exenciones de responsabilidad a personas condenadas por graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad puede generar una forma grave de impunidad".

El comunicado precisa asimismo que "la Corte IDH ha señalado que la medida o figura jurídica que permita proteger la salud, la vida e integridad del condenado debe ser la que menos restrinja el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y debe ser aplicada en casos muy extremos y por una necesidad imperante". Algo que no ha sido, dado el tenor del comunicado de la CIDH, tomado en cuenta por el Tribunal Constitucional del Perú. 

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