El Tribunal Constitucional (TC), concluyó que las corridas de toros seguirán pagando impuestos, luego de rechazar una demanda contra la ley 29168, que promueve el desarrollo de espectáculos públicos no deportivos, como fiestas taurinas.
Esta acción de inconstitucionalidad, interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima Norte, precisa que no es posible usar como fundamento que se afecta un derecho constitucional con la sola oferta de los espectáculos taurinos, mientras no se coaccione la asistencia a ellos.
El TC argumenta que los eventos taurinos son espectáculos culturales, aunque señala que, resta analizar si es inconstitucional que estos sean excluidos de la lista de espectáculos públicos culturales exonerados del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Por ello, el ente constitucional considera que la decisión de gravar algunos espectáculos y otros no, forma parte de la libertad de configuración del legislador en ejercicio de la potestad tributaria; por lo cual corresponde al TC decidir qué hechos serán generadores de tributos, según informó el diario La República.