Fernando Castañeda, adjunto para Casos Constitucionales de la Defensoría del Pueblo, opinó que los delincuentes que participaron en el atentado contra la hija del legislador, Renzo Reggiardo, ameritan imponerles la sanción de cadena perpetua, sin derecho a recibir beneficios penitenciarios.
El jurista basa su posición en el artículo 189 del Código Penal, norma que señala esta sanción en caso de robo agravado, cuando el responsable del delito forma parte de alguna banda criminal, o producto de la infracción se presenta la muerte de la víctima (o lesiones graves a su integridad física o mental).
"En el caso de la pequeña Ariana (hija del congresista Reggiardo) se configura claramente esta modalidad agravada prevista en el Código Penal”, sostuvo el abogado en entrevista a la agencia Andina.
“Sería un argumento fácilmente rebatible (subsistencia de vida de la menor de edad) por parte del Ministerio Público, como titular de la acción penal, y el Poder Judicial que juzga, porque lo que manda es la modalidad de la conducta penal cometida. En este caso ocurrió un robo agravado en la modalidad de banda y uso de armas de fuego y como resultado de ello resultó herida una menor de edad”, añadió.