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Lunes 19 de diciembre 2011

Multan a Universidad de Lima por "castigos graciosos"

Profesor hacía que alumnos que llegaban tarde bailaran o saltaran en un pie.
Multan a Universidad de Lima por 'castigos graciosos'
Foto: Cesar Revilla

Todo empezó en el verano de 2010, cuando al menos 17 alumnos del curso “Costos y Presupuestos” de la Universidad de Lima repetían la materia por tercera vez y corrían el riesgo de ser expulsados si no aprobaban. Las clases empezaban a las siete de la mañana y el profesor Jorge Luis Pelayo Herbozo Pérez Costa decidió que si un alumno llegaba tarde, debía bailar una cumbia, tomarse de la mano de otro chico o saltar en un pie para poder entrar. Uno de los castigados con frecuencia fue Eduardo Luis Guerrero López, quien, al desaprobar el curso decidió denunciar al profesor ante Indecopi.

Casi año y medio después, la Sala de Defensa de la Competencia N° 2 del Tribunal de Indecopi decidió imponer a la Universidad de Lima una multa de 15 UIT (S/. 54,000) por considerar que se había incurrido en tratos denigrantes que se había incurrido en tratos denigrantes que no eran idóneos a su función académica.

El profesor Jorge Luis Pelayo Herbozo Pérez Costa asegura que las bromas o castigos aplicados a los alumnos universitarios, que ya son mayores de edad y tienen una personalidad formada, tenían como objetivo fomentar la puntualidad y no eran antipedagógicas, sino por el contrario se trataba de aplicar una herramienta lúdica para evitar las continuas distracciones. Asimismo, afirma que el citado alumno mereció desaprobar porque tenía un bajo rendimiento y cuando asistía a clase se distraía con el Messenger.

En Indecopi el jurado coincidió en que el joven no debía ser repuesto en la universidad para cursar la materia por cuarta vez como él mismo solicitó en su demanda. Sin embargo, aceptaron que el trato brindado por el docente era indigno y contrario a los fines educativos. Además, pidieron a la Universidad que recuerde a sus docentes que ellos tienen libertad de actuación, pero siempre deben acordarse de respetar la dignidad de los estudiantes.

Luis Miguel León Luna, socio de Lazo, de Romaña & Gagliuffi, explicó que en este caso el Indecopi está emitiendo la sanción considerando que se sometió a una persona subordinada a realizar en público actos ajenos a los que son propios en el proceso educativo con el in de desanimar a los otros jóvenes a repetir dicha conducta. Este tipo de sanciones, añade, son sujetas a una apreciación muy subjetiva: no es una norma en sí, sino el criterio particular  sobre la dignidad del alumno de quien decidió lo que ha primado en el caso.

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