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Jueves 29 de marzo 2012

Minería: ¿qué cambiar?

Por: Alberto Quintanilla.
Minería: ¿qué cambiar?
Foto: azumare.com
1.- La promulgación de los 5 Decretos Legislativos, que el Gobierno de Ollanta Humala Tasso, 1099 al 1103, entre el 12 de febrero y el 4 de marzo del 2012, con los cuales se pretende, resolver el problema de la “minería informal”, a la que se le llama ahora “ilegal”, ha sido respondida por los afectados, con movilizaciones, y conatos de huelga nacional, tomas de carretera y otras formas de protesta.
Los enfrentamientos más graves se produjeron, el miércoles 14 en Puerto Maldonado, capital de Madre de Dios, con el trágico saldo de 3 muertos y decenas de heridos, cuando los huelguistas intentaban tomar el aeropuerto de Madre de Dios, y el puente “Continental” (antes Billingurst).
En varias regiones del Perú, se produjeron bloqueos de carreteras, tomas de puentes, movilizaciones y mítines de protesta, se instalaron algunas de mesas de diálogo, abriéndose canales de negociación y búsqueda de soluciones.
Los acuerdos más importantes fueron tomados en las reuniones con los mineros de Madre de Dios, en los que se llegó al acuerdo de levantar la huelga, a cambio el Gobierno promulgo el Decreto Supremo 006-2012-EM, por el cual se diferencia la minería “informal” de la “ilegal”, se da un plazo de doce meses, para la formalización de los mineros considerados “informales”, mientras tanto se suspende la interdicción establecida por los Decretos Legislativos, cuestionados.
Asimismo han llegado a acuerdos similares, en otras regiones, dando pasos a una postergación de doce meses en el proceso de interdicción o represión a los mineros informales, manteniendo la interdicción para los considerados “ilegales”.
2.- Este evidente retroceso por parte del gobierno central, abre la posibilidad de debatir la conveniencia o no de modificar la actual legislación minera, que tiene sus orígenes en el Código de Minería de 1952, que se promulgo a propuesta de la Comisión que presidia en ese entonces, el Ing. Mario Samamé Boggio.
Nuestra legislación minera, es bastante favorable a quienes hacen denuncios mineros, con los cuales, ganan el derecho a realizar labores mineras, de prospección, exploración o explotación, por encima de los derechos de propiedad sobre la superficie que tengan otras personas o comunidades.
La permisividad y favoritismo a los empresarios inversores en minería, se puede explicar, en 1952, cuando se buscaba atraer inversionistas extranjeros, ya que el mundo había salido de la segunda guerra mundial y la crisis económica que empezó en el crac de 1929, y que solo se puedo recuperar al término de la conflagración mundial.
La legislación minera cambio durante el gobierno de Velasco Alvarado en la primera parte de la década de los años 70, para luego durante el gobierno de Alberto Fujimori, en el marco de la Constitución de 1993, volver plenamente a un esquema similar al del Código Minero de 1952.
Contradictoriamente, la actividad minera, en los últimos años ha tenido un gran impulso, basada en la creciente demanda de minerales por parte de la economía de China, que viene creciendo en porcentajes que bordea el 8 al 10% anual, en forma sostenida desde 1970 a la fecha.
Asimismo la crisis de la economía mundial, que se da, principalmente en los países europeos y los Estados Unidos, ha incrementado grandemente la demanda de oro, reflejado en los precios, que en el 2001, el precio de la onza de oro, era de $ 175, en el 2011, se multiplico por 10, para costar $ 1800.
Esta mayor demanda de minerales, en particular del oro, ha hecho que yacimientos antes no eran rentables, ahora si lo sean.
La legislación actual es una legislación, muy favorable a las actividades y negocios mineros, que se inspira en el Código Minero de 1952, que colisiona con la realidad actual, donde ya no hay la misma gran urgencia de atraer inversiones en minería, como en ese entonces.
El otro hecho es que el incremento en la actividad minera, utilizando procedimientos que contaminan, están ocasionando un colapso ecológico y medio ambiental.
3.- La legislación minera, es hoy en el 2012, obsoleta, es una fuente permanente de conflictos, necesita ser modernizada, empezando por el tema de las concesiones mineras, estas deber dar menores derechos a los denunciantes, que en la actual legislación.
Las concesiones, deben ser explotadas en forma directa, solo debe permitirse la transferencia plena de derechos o la asociación para la explotación y los trabajos mineros, no debe permitirse el arriendo, en lugar de ello se debe permitir la transferencia de derechos previo contrato de compra venta, y en caso de controversia que se le pague el justiprecio de sus inversiones y gastos, más una ganancia de mercado.
No debe permitirse que se hagan denuncios de cuadriculas mineras que no van a ser explotadas, en forma directa, en áreas colindantes, en cantidades adecuadas debe permitirse la realización de labores agrícolas o ganaderas de ser el caso.
Al término de la explotación deben devolverse los terrenos en condiciones de volver a ser explotados agrícola y pecuariamente.
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