Banner Tuvivienda
Viernes 03 de mayo 2024   |   Contáctenos
REDES SOCIALES
Domingo 01 de abril 2012

¡Sigue el chuponeo !

Por: Luis Lamas Puccio.
¡Sigue el chuponeo !
Foto: justomedio.com

Es sorprendente en un país como el nuestro, que a vista y paciencia de las distintas autoridades, que tiene entre sus funciones prevenir y sancionar la comisión de un delito, sigan suscitándose acciones que tienen entre sus finalidades la interceptación ilícita, clandestina y soterrada de las conversaciones telefónicas privadas. Enfatizo una vez más, que nos debe llamar poderosamente la atención lo señalado, porque no habiendo aún finalizado uno de los procesos judiciales más sonados de los últimos años en materia de interceptación telefónica ilícita, aparece constantemente nueva información sobre actividades relacionadas con la interceptación telefónica clandestina, que como sabemos, es una de las formas más nocivas y perniciosas en materia de violación del derecho a la privacidad.

La intimidad y privacidad en las comunicaciones es un derecho de primer rango que incluso tiene rango constitucional, dada la trascendencia e importancia que tiene para el normal desarrollo de las relaciones entre las personas y los aparatos del Estado. Nadie puede interferir y menos interceptar las comunicaciones, y ello solo es posible en casos excepcionales, siempre y cuando esté plenamente justificado hacerlo y bajo parámetros legales muy precisos. Un juez puede disponerlo cuando hay una solicitud de un fiscal que justifica su pertinencia, para que se haga a un número telefónico específico, bajo un tiempo determinado y solo sobre un tema en particular. Si ello no es así, quienes llevan a cabo una interceptación telefónica cometen un delito y por ende asumen responsabilidades funcionales en materia penal.

En base a ello es que el código penal tipifica el delito de interferencia o escucha en las comunicaciones, con sanciones de hasta cinco años para los que interfieren o escuchan una conversación telefónica o alguna situación similar sin autorización judicial, en razón a la importancia que tiene proteger por todos los medios posibles la privacidad en las conversaciones telefónicas.

No existe sociedad que pueda consolidar sus derechos ciudadanos  y por ende desarrollarse en términos normales, si es que no valora y consolida antes que nada el derecho a la privacidad de las comunicaciones. Lo trascendente es que a pesar de la importancia que tiene este tema para el desarrollo de las comunicaciones interpersonales, sigue la discusión entre el Parlamento y el Poder Ejecutivo sobre un proyecto de ley, que entendemos persigue entre otras acciones mejorar sustancialmente las acciones de control en materia de interceptación telefónica, y asimismo, establecer un límite racional entre el derecho a propagar información objeto de interceptación y el derecho a la privacidad (Con información del diario Expreso).

Participa:
Valorar
Cargando...
COMENTARIOS
0 comentarios
2018 Grupo Generaccion . Todos los derechos reservados    |  
Desarrollo Web: Luis A. Canaza Alfaro    |    
Editor de fotografía: Cesar Augusto Revilla Chihuan