Lima.- Desde el próximo 21 de mayo, se iniciará el proceso de inscripción para la devolución de los aportes al ex Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI), según el cronograma aprobado por los integrantes de la Comisión Ad Hoc Ley 29625.
Cabe mencionar que la Comisión Ad Hoc- Ley 29265 está conformada por dos representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, dos de la Oficina Nacional de Pensiones, dos de la Superintendencia Nacional Tributaria y tres representantes de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú.
Dicho trámite se empezará con la inscripción vía página web; y a partir del 13 de agosto, también vía Call Center. Los fonavistas lo único que tienen que proporcionar en esta etapa son su nombre completo, número de DNI, dirección y teléfono. El objetivo es identificar a los potenciales fonavistas y su número aproximado.
Luego, el 26 de octubre se iniciará el registro de la Historia Laboral de cada fonavista, rubro en el que deberá indicar en qué empresas o instituciones del Estado trabajó y en qué años.
Con toda esta información se tiene previsto que, a partir del 5 de noviembre, se empiece a emitir las Constancias de Cuenta Individual de Aportes en las que figurará el nombre completo del beneficiario, la información verificada de los años y el monto de dinero que aportó al FONAVI.
“Lo más probable es que los primeros beneficiarios de estas Constancias de Cuenta Individual de Aportes sean los jubilados porque su historia laboral ya está procesada en la Oficina Nacional de Pensiones (ONP), por lo tanto estaríamos cumpliendo cabalmente con la ley que indica que los primeros beneficiarios sean las personas mayores de 65 años”, dijo el secretario técnico, Mauricio Gonzáles Angulo.
El plan de Acción del Secretario Técnico también contempla la posible suscripción de convenios con instituciones del interior del país y la coordinación con Cancillería para la atención de los señores fonavistas radican en el interior del país y en el extranjero. Además, la implementación de un lugar físico donde se pueda atender personalmente a los fonavistas y el personal que estará a cargo de la búsqueda y procesamiento de la información obtenida y recogida.