Los funcionarios o servidores procesados por actos de corrupción contra la administración pública perderán los bienes o recursos que han sido obtenidos ilícitamente, lo que contribuirá a reducir la sensación de impunidad existente en el país, afirmó la Contraloría General de la República.
Según el Decreto Legislativo N° 1104 aprobado por el Ejecutivo, los bienes o recursos adquiridos como consecuencia de los delitos cometidos por concusión, peculado, cohecho, tráfico de influencias, entre otros, podrán ser incautados a favor del Estado, como ya venía sucediendo en los casos de narcotráfico o terrorismo.
La Contraloría General afirmó que esta medida constituye un duro golpe a la corrupción porque permitirá al Estado recuperar el dinero sustraído ilegalmente con la venta de los bienes incautados; y, a su vez tendrá un efecto disuasivo porque desincentivará los actos ilícitos dentro de la administración pública.
El objetivo de la corrupción es obtener un beneficio económico para enriquecerse o adquirir más bienes. Al eliminarse la posibilidad de poder quedarse con esos recursos o bienes obtenidos ilegalmente, se estaría desalentando estos actos que ocasionan un perjuicio al Estado y que impiden que los ciudadanos puedan acceder a obras y servicios de calidad.
Según la norma aprobada por el Ejecutivo, el Estado podrá reclamar la titularidad de los bienes de procedencia ilícita hasta 20 años después de producidos los hechos; e, incluso cuando se haya extinguido la acción penal por el delito del cual derivan los bienes o ganancias, no importando si se encuentran en poder de sucesores.
La llamada “pérdida de dominio” es una consecuencia jurídico patrimonial a través del cual se declara la titularidad de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias del delito a favor del Estado mediante una sentencia de la autoridad jurisdiccional. El debido proceso está garantizado.
La norma también ha dispuesto la creación de una Comisión Nacional de Bienes Incautados, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros que se encargará de administrar los bienes, instrumentos, efectos y ganancias que se hayan incautado a favor del Estado.