Los jueces superiores de la Tercera Sala Penal para Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, Jorge Egoavil Abad y Jorge Barreto Herrera, absolvieron a los acusados Luis Valdez Villacorta y Solio Ramírez Garay, de la acusación fiscal por el delito de homicidio calificado en agravio de Alberto Rivera Fernández, por considerar que los medios probatorios del Ministerio Público fueron insuficientes para dictar una sentencia de carácter condenatoria.
Ambos magistrados emitieron su voto por mayoría indicando que “los medios probatorios ofrecidos tanto por el Ministerio Público para atribuir a los acusados la calidad de instigadores del delito de homicidio calificado, basados en artículos periodísticos, reportajes, declaraciones testimoniales, resultan ser insuficientes para dictar una sentencia de carácter condenatoria en perjuicio de los acusados”.
“Para dictar un fallo imponiendo una sanción, debe sustentarse en una conjunción de medios probatorios idóneos, objetivos, constrastados con la realidad en base a las reglas de las máximas de la experiencia, la lógica y la ciencia, y no en meras suposiciones, elucubraciones o simples conjeturas (…)”, indica la sustentación de ambos magistrados.
Voto en contra
Por su parte, la jueza Rosario Hernández Espinoza emitió su voto en minoría pidiendo que se condenen a Luis Valdez Villacorta y Solio Ramírez Garay, como instigadores del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado, en agravio de Alberto Rivera Fernández.
Solicitó que se les imponga veinte (20) años de pena privativa de la libertad efectiva, contabilizando desde el presente año hasta el 2032. Asimismo, pidió que Valdez y Ramírez paguen 150 mil nuevos soles por reparación civil a los parientes más cercanos de la víctima.