Mediante comunicado la Corte Suprema de Justicia informó que la resolución que dispuso la interceptación telefónica al número del Congresista Luis Galarreta fue anulada por el Segundo Juzgado Penal Supraprovisional, quien además dispuso la destrucción de cualquier tipo de información que se haya obtenido como consecuencia de la medida.
De acuerdo a la normatividad constitucional, cualquier persona podría ser pasible de la limitación de este derecho fundamental, en la medida que se encuentre implicado en un determinado delito y sea necesario para esclarecer el hecho ilícito. El artículo 2° de la Ley 27399 señala que los congresistas no pueden ser objeto de estas medidas.
El Segundo Juzgado Penal Supraprovincial, que preside Elio Concha Calla, resolvió a su vez concluir la autorización para el levantamiento del secreto de las comunicaciones de veinte números telefónicos en el marco de la investigación preliminar seguida contra el ex periodista Rudy Palma.
Esto en medida de que no se ha conseguido información relevante que apoye a la investigación en proceso, según refirió el Ministerio Público.