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REDES SOCIALES
Lunes 18 de junio 2012

La duda favorece a la sociedad

Por: Lic. César Sánchez Olivencia.
La duda favorece a la sociedad
Foto: Medios

“La duda favorece a la sociedad”. El Ministerio Público actúa en un  juicio en representación de la sociedad, de acuerdo con el mandato constitucional. Una de las  formas más efectivas  de velar por el orden social es la prevención del delito. La prevención, la persecución y la sanción del delito no tienen igual peso específico en el control social. La persecución y la sanción es la fase post delito. En cambio, la prevención trata de evitar que se cometa el delito. La política preventiva ahorra tiempo, dinero y esfuerzo a la política represiva.

El Ministerio Público, según atribución que le asigna el Art. 159º de la Constitución Política del Perú, vigila e interviene en la investigación del delito como titular de la acción penal desde la etapa policial y en la recta aplicación de la administración de justicia. La prevención del delito, incluye dos factores: impedir que el individuo  realice conductas delictivas o ilícitas; y evitar que las personas sean sujetos o victimas de algún delito.

El Ministerio Público alienta la participación de la sociedad en los programas de prevención, especialmente, mediante la denuncia de hechos delictivos en la población. Las Fiscalías Especiales de Prevención del Delito son órganos del Ministerio Público encargados de realizar  acciones destinadas a prevenir la comisión de delitos, las cuales se promueven de oficio o a solicitud de parte, y de participar en aquellas que llevan a cabo determinadas instituciones.

La participación de Oficio, se aplica cuando el fiscal toma conocimiento de un probable delito a través de los medios de comunicación social y otras fuentes. La Petición de Parte,  comienza con el ingreso de la denuncia a la Fiscalía, que puede ser verbal o escrita; el Fiscal Provincial de Prevención del Delito, procede a analizar los indicios y según el caso, dispone el inicio de las acciones preventivas, llevando a cabo las diligencias para acopiar los medios probatorios necesarios.

Los Fiscales de Prevención del Delito toman conocimiento permanente y anticipado de la criminalidad en el ámbito de su competencia y participan en las acciones policiales y de otras instituciones en el ámbito de la prevención, para controlar la criminalidad. Orientan sus acciones a sensibilizar la conciencia pública y promover el apoyo ciudadano, con el objeto de cambiar las actitudes y conductas de la comunidad.

De otro lado, la Fiscalía Escolar es un proyecto piloto a desarrollarse en los centros educativos de Educación Secundaria, para promover los Derechos Humanos, Derechos del Niño y del Adolescente, Consumo indebido de Drogas, Maltrato infantil y Abuso Sexual, Prevención de la Violencia y Pandillaje. Intenta mejorar la comprensión, sensibilidad e información de los estudiantes de educación secundaria, acerca de los deberes y derechos de los ciudadanos, adolescentes y niños.

Al respecto, el tratadista Niceto Alcalá Zamora y Castillo distingue el Derecho Procesal Penal Represivo y el Derecho Procesal Penal Preventivo. Por su parte, el Fiscal de la Nación, Edmundo Peláez Bardales ha declarado que el ministerio público “desarrolla programas que tienden no solamente a combatir el delito sino a realizar labor de prevención, programas de fiscales escolares y de acercamiento a la población”. Mientras tanto, el Perú espera la nueva Ley Orgánica del Ministerio Público, arreglada al Código Procesal Penal, y un Código de Ética actualizado.

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