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Sábado 30 de junio 2012

[Paraguay] Comunicado sobre la decisión del MERCOSUR sobre Paraguay

Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay
[Paraguay] Comunicado sobre la decisión del MERCOSUR sobre Paraguay
Foto: Difusion

Ministerio de  Relaciones Exteriores

Servicio de Información y Prensa

Comunicado de Prensa

Comunicado sobre la decisión del MERCOSUR sobre Paraguay

Ante la decisión de suspender al  Paraguay el derecho de participar de los órganos del MERCOSUR, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay expresa cuanto sigue:

1.         Tal decisión, pese a que  invoca expresamente el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático en el MERCOSUR, fue adoptada sin dar cumplimiento a lo determinado en el Artículo 4 del referido Protocolo, que exige la realización de las consultas pertinentes con el Estado afectado, lo cual no se llevó a cabo en lo que respecta a la República del Paraguay. Por este motivo, la decisión no solo es ilegal sino también ilegítima y  violatoria del debido proceso.

2.         En la República del Paraguay no se ha producido una ruptura del orden democrático. Por el contrario, las instituciones democráticas se encuentran en plena vigencia y los derechos y libertades fundamentales están garantizados, en consonancia con lo previsto en los Artículos 1 y 2 del Protocolo de Ushuaia.

3.         En consecuencia, la decisión adoptada carece de validez formal y material, y el Gobierno de la República del Paraguay promoverá las acciones que correspondan para dejarla sin efecto.

4.         Asimismo, todas las decisiones que dicten o hayan dictado los órganos del MERCOSUR sin la presencia y participación de la representación de la República del Paraguay carecen y carecerán de validez jurídica, y no obligarán al país.

5.         El Gobierno de la República del Paraguay deplora que los otros Estados Partes hayan sancionado al Gobierno y al pueblo paraguayos, para incorporar a un nuevo Miembro pleno al MERCOSUR antes de culminar el trámite legislativo necesario para el efecto, precisamente, en el país sancionado.

Asunción, 29 de junio de 2012

 

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