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Martes 10 de julio 2012

Arbitraria extradición de ciudadano peruano

Por: Javier Valle-Riestra.
Arbitraria extradición de ciudadano peruano
Foto: Medios

En febrero de 2005, el gobierno norteamericano solicitó la extradición pasiva de Juan Manuel Vicuña Ríos, por la presunta comisión de cuatro delitos que no se tipifican exactamente en el Código Penal Peruano a infracciones previstas y sancionadas como delitos de estafa, defraudación, falsedad ideológica y desobediencia y resistencia a la autoridad. Los hechos acontecieron hace diecinueve años, en 1993, y conforme a nuestra legislación, están prescritos. Las pruebas acompañadas a la solicitud de extradición fueron solamente declaraciones de policías encapuchados encargados de la investigación, sin ninguna otra clase de evidencia o indicio y fundamentalmente los tipos penales invocados por EEUU no coinciden con los del Código Penal nuestro.

Existen sucesivamente dos Tratados de Extradición suscritos entre Perú y EEUU. El primero vigente desde el 23 de enero de 1901 hasta el 24 de agosto de 2003; y el segundo suscrito en julio de 2001 y vigente desde agosto de 2003 hasta la actualidad. El tratado aplicable al extraditurus es el que estuvo vigente al momento de ocurridos los presuntos hechos en 1993, es decir, el Pacto de 1901, en cuyo artículo VII, se señala textualmente respecto a la prescripción lo siguiente: “No se concederá la extradición en virtud de este Tratado, si los procedimientos legales o la aplicación de la ley por el crimen cometido por la persona reclamada, han prescrito según las leyes del país al cual se dirige la demanda.” Esa es la regla constitucional aplicable en virtud de lo establecido en el artículo 103° de la magna lex, donde se señala la vigencia ultractiva y/o retroactiva más favorable al reo en materia penal.

Se interpuso un hábeas corpus por vulneración del debido proceso, afectación del principio de identidad normativa o de doble incriminación sobre prescripción y por falta de motivación en resoluciones judiciales; se pidió declarar nula la Resolución Consultiva expedida por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, de fecha 02 de julio de 2008 y declarar que carece de efecto la Resolución Suprema N° 236-2010-JUS de fecha 01 de diciembre de 2010, publicada en El Peruano al día siguiente, mediante la cual el Poder Ejecutivo accedió a la solicitud de extradición pasiva del procesado.

El Tribunal Constitucional ha llegado a declarar concluidos procesos extradicionales y denegar la entrega de un extraditurus por no respetarse los principios informativos de esa institución tales como, doble incriminación; competencia; no prescripción; gravedad de la infracción, etc.

La causa está al voto desde hace un año. La semana pasada el extraditurus fue apresado –se hallaba en las catacumbas– y puesto a disposición del Juzgado Penal quien vulnerando los más elementales principios del debido proceso, entre gallos y medianoche, lo entregó a los agentes federales y lo regresaron a EEUU. ¿Y el hábeas corpus? A la fecha, sigue sin resolverse en el TC y puede ser favorable al extraditado. ¿Qué hacer en ese caso? Victoria de EEUU por su diligencia, derrota peruana por su negligencia.

Publicado el 10 de julio de 2012 en el diario La Razón.

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COMENTARIOS
6 comentarios
Lo que no se dice, es que "alan garcia pérez" presidente, firmó el 01 de diciembre del 2010 la extradición de este ciudadano peruano de una manera cruel y arbitraria vulnerando los mas elementales principios del debido proceso, sin esperar el pronunciamiento del Tribunal Constitucional que podía ser favorable al extraditado, pero que de manera burda y antidemocratica maniobra, ya ha sido entregado a los agentes federales y enviado a USA. Esta es una perla mas de alan garcia, un aprista que quiere volver a ser presidente de todos los peruanos, pero que viendolo bien es peor que fujimori..
22 de octubre 2012
Como puede ser posible que un señor que ha sido dos veces presidente y que en las postrimerias de su mandato firme tamaña aberración, lo veo y no lo creo como ALAN GARCIA PEREZ se haya comido el "Habeas Corpus" asi sin mas, ¿y asi quiere volver a ser mandatario?, es que hay que ser ciego para votarle porque ni FUJIMORI haria eso. Creo que la campaña contra este señor Garcia se viene desde ahora por las muchas atrocidades que ha realizado, una de ellas es este caso.
23 de octubre 2012
Alan Garcia Perez con esa tamaña barbaridad ha demostrado que le importa un comino una cosa tan sagrada como es el HABEAS CORPUS, porque no la ha respetado por la arbitraria extradición de un peruano, porque mañana puede ser cualquier peruano, de esa manera alan garcia perez queda marcado y manchado para siempre ¿y asi quiere volver a ser presidente?, creo que esa acción quedará gravada para siempre en su conciencia y en su imagen porque si no es capaz de respetar el Habeas Corpus que se puede esperar de un politico desleal con los peruanos?
23 de octubre 2012
Esta innoble actitud de firmar la extradición de peruano de forma burda y absurda la firmo Alan García Pérez en las postrimerías de su segundo gobierno, burlándose de forma canallesca del Habeas Corpus ¿y así quiere candidatear? Vaya, Vaya tremenda desfachatez que tiene este impresentable de Alan García Pérez, tremendo corrupto y ladrón..
31 de julio 2013
el habeas corpus es el peor invento de los leguyeros y tinterillos que se conozca en la historia de la humanidad, metan a la carcel al delincuente.
como defienden a delincuentes estas cucarachas errantes y pseudoespañolas,
31 de julio 2013
noknok sos un verdadero ignorante y das pena porque no sabes que el Habeas Corpus tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos. Que pena que das noknok porque tenias que haber ido a la escuela a terminar tus estudios primarios para ilustrarte siquiera un poquillo.
31 de julio 2013
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