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Miércoles 25 de julio 2012

México: Fraude a la antigüita

Por: José Antonio Crespo
México: Fraude a la antigüita
Foto: contrainjerencia.com

En 2006, Andrés Manuel López Obrador denunció un fraude “a la antigüita” de 10 puntos porcentuales. La única prueba que presentó fue un video donde el presidente de casilla reponía las boletas equivocadas en la urna correspondiente, según lo contempla la ley. Fue todo. Desde luego, se debió hacer un recuento lo más amplio posible para despejar dudas e imprimir certeza al veredicto dado lo estrecho del resultado. El recuento fue a todas luces insuficiente. En 2012 también se ha hablado de ese tipo de fraude, del que no hubo visos al abrirse y recontarse el más del 50 % de las casillas. Con todo, la coalición de izquierda mantiene esa tesis en su impugnación legal. Dice que ese fraude puede detectarse no tanto al comparar los rubros en el acta para la elección presidencial, que es la forma prevista por la ley para realizar el cómputo del IFE, sino contrastando las actas en cada casilla para las tres elecciones federales; presidente, senador y diputado (un método no contemplado por la ley). En efecto, cuando hay una fuerte distorsión entre estas tres actas, se revela un posible fraude realizado en la casilla. Por ejemplo, 400 votos para diputados, 400 para senadores, y 700 para presidente.

Al revisar las actas de 2006, encontré esa anomalía en muy pocos casos, por lo que era difícil inferir un plan orquestado de fraude. Además, en las zonas de influencia panista (Guanajuato, Jalisco) dicha inconsistencia favorecía a Calderón, pero en las regiones perredistas (D.F), beneficiaba a López Obrador. Probablemente estábamos frente a ilícitos aislados, cometidos por los partidos en sus respectivas zonas de influencia, que ni de lejos llegaban a ser determinantes en el resultado. Sostiene la Coalición de izquierda que esa anomalía, en 2012, alcanza al 50 % de casillas, mismas que recibieron la mitad de la votación total. De ahí que pida la anulación específica de la elección a partir de la posible anulación de al menos 25 % de casillas por esta razón.

Sin embargo, en los datos que se presentan en ese documento, la inconsistencia referida va de 1 a 5 votos en el 75 % de las casillas que la muestran, y la propia Coalición acepta eso como un probable error humano. Si la inconsistencia es mayor a eso, entonces sí es considerada como producto de dolo, pero ya sólo afecta al 25 % de casillas restantes. El problema radica en que, a partir de la información presentada por la Coalición, no puede saberse con certeza si se trata de un plan orquestado que favorezca en este caso al PRI, pues es probable que se repita lo observado en 2006; anomalías que favorecían a tal o cual partido en su respectiva zona de influencia. Tampoco está claro que todas las inconsistencias entre las actas de los tres procesos federales afecten a la elección presidencial, que es la que se impugna. El propio caso que destaca la Coalición para ilustrar el fenómeno, en el distrito 12 de Jalisco, reporta una inconsistencia de mil votos, pero en la elección para senador. Habría que ver cuántas de esas inconsistencias afectan a la elección presidencial, pues podemos asumir que las relativas a la elección de diputados o senadores podrían afectar esas elecciones, pero no la presidencial. Y en todo caso, la suma de inconsistencias entre las tres actas en toda la República suman 661,460 posibles votos irregulares. Asumiendo que todos ellos fueran relativos a la elección presidencial (cosa poco probable) y perjudicaran a López Obrador, de cualquier manera estarían muy lejanos a los más de tres millones con que oficialmente aventaja Enrique Peña Nieto; el total de inconsistencias detectadas por la Coalición está cinco veces por abajo del umbral de la determinancia. Se vislumbra entonces difícil que a partir de dicha causal pueda anularse el 25 % de casillas, como lo pretende la Coalición. De cualquier manera, la Coalición solicita la revisión de los paquetes donde se registran mayores inconsistencias entre las tres elecciones federales, para despejar toda duda. No estaría demás hacerlo, si bien la ley no prevé este tipo de revisión, y en todo caso, la apertura se debe solicitar específicamente en las casillas donde la anomalía sea determinante en el resultado.

Nota publicada en periodicocorreo.com.mx

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