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REDES SOCIALES
Martes 28 de agosto 2012

[México] Amago electoral

Por: José Antonio Crespo
[México] Amago electoral
Foto: libertad.org

No siempre es nítida la línea que separa la advertencia de la amenaza. La advertencia se hace a propósito de inevitables relaciones causales, naturales o sociales, como cuando un médico sugiere a su paciente no fumar. Una amenaza implica que quien la hace puede provocar los efectos negativos de una determinada conducta, como cuando una madre prohíbe a su hijo comerse el pastel de la fiesta, so pena de darle una paliza. Lo dicho por Jesús Zambrano en el sentido de que un fallo inadecuado del Trife podría provocar desórdenes sociales, ¿es advertencia o amenaza? Él lo toma como advertencia, pues ha dicho que su partido no controla a los grupos que están en las calles exigiendo la invalidación de la elección presidencial. Pero advierte que hay descontento social, no sólo porque se rechaza la presunta imposición de Enrique Peña Nieto por parte de la “mafia del poder”, sino por el “entorno socio-político, económico que existe en nuestro país, en donde para nosotros está claro que se han agotado todos los esquemas de desarrollo” (21/Ago/12).

Desde luego que las cosas no están de lo mejor pero, ¿debe eso tomarse en cuenta para validar la elección en lugar de las condiciones electorales, y la sustancia y cantidad de las pruebas presentadas como impugnación? Pero lo que se plantea como advertencia podría ser en realidad una amenaza velada, pues desde luego que existen vínculos e intermediarios entre lo que queda de “YoSoy132” y las organizaciones que se subieron al movimiento estudiantil, y la Coalición de Izquierda. Pareciera, por otra parte, que Zambrano representa al ala del PRD que en principio contempla la posibilidad de acatar el fallo del Tribunal y reconocer sus resultados, pero no podrían hacerlo políticamente si está hecho “sobre las rodillas”, si no está bien fundado y realizado con la exhaustividad que los tiempos legales hayan permitido. Serían tildados de inmediato de traidores (aunque de cualquier manera no serán bajados de eso, como ya empieza a verse en la prensa obradorista, esté debidamente fundado el fallo del Tribunal o no). Y por ello, señala Zambrano que valorarán la sentencia antes de decidir qué hacer, si acatarlo o no (políticamente es una opción; jurídicamente, no).

Por su parte, Alberto Anaya, del bloque obradorista, complementó la “advertencia”, pero claramente condicionada, no a que el Tribunal funde satisfactoriamente su decisión tras haber revisado exhaustivamente las pruebas, sino a invalidar el proceso. Ahí no hay medias tintas; o se invalida la elección o se llegará a “a una situación de Estado fallido”. Igualmente sugiere que el Tribunal debiera valorar condiciones que van más allá de la normatividad electoral, como la inseguridad, la descomposición social, el desempleo, la falta de oportunidades a los jóvenes. Es decir, se parte de la premisa de que con el PRI todo ello se va a agravar. Bueno, puede ser, pero quienes no votaron por López Obrador probablemente creen que eso mismo -y cosas peores- ocurriría de ganar el PRD. Igualmente advierte Anaya que, de validarse la elección, habrá una restauración autoritaria con el modelo del viejo PRI. Eso piensan muchos de quienes no sufragaron por ese partido, pero muchos otros piensan que el PRD representa a un PRI aún más añejo, y que su carácter no es precisamente democrático. Es como si, habiendo ganado López Obrador, el PAN pidiera la anulación del proceso porque de avalarlo sobrevendría un “peligro para México”, una “dictadura chavista”, un “modelo populista” que provocaría la quiebra del país. ¿Tendría el Tribunal que considerar tales argumentos para calificar la elección? Cada elector puede tener las creencias, prejuicios, fobias y rencores que quiera, y votar en consecuencia. Pero esos no pueden ser criterios para calificar una elección. La izquierda que exige imparcialidad, con esos argumentos en realidad pide parcialidad en su favor.

Finalmente, la izquierda se presenta como defensora del artículo 41 constitucional al pedir la anulación, pero la propia Carta Magna estipula en su artículo 99 que el fallo del Tribunal es inatacable, se valore como se valore. Y el artículo 9 prohíbe la intimidación y la amenaza a las autoridades encargadas de decidir algún litigio, como es el caso ahora del Tribunal. Pero bien sabemos que nuestros partidos suelen defender aquellos artículos de la Constitución que les convienen (mientras les convengan) pero pasan por alto lo que les perjudica o estorba.

Nota publicada en periodicocorreo.com.mx

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