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Viernes 31 de agosto 2012

Legislación electoral

Por: Ántero Flores-Aráoz.
Legislación electoral
Foto: Medios

El JNE ha tenido el acierto de proyectar el Código Electoral y su Código Procesal, los que ha enviado al Congreso para el debate y pronunciamiento.  Ello ha sido oportuno, pues estando distantes los próximos procesos electorales, los proyectos pueden debatirse sin la angustia del vencimiento de plazos y sin la presión de intereses inmediatos tanto partidarios como personales.

El proyecto de normas sustantivas abarca desde derechos ciudadanos y electorales, las transgresiones electorales y sanciones, los partidos y su funcionamiento, y otras materias.  El proyecto de Código Procesal determina competencias, etapas de cada proceso, medios probatorios, registro de organizaciones políticas, inscripción de candidaturas, tachas, impugnaciones, vacancias, suspensiones, entre otras.

Para el debate parlamentario, tendrá que definirse algunos temas vinculados, contenidos en la Constitución y en otras leyes electorales y partidarias.  En efecto será necesario determinar si  conviene que existan tres entes electorales, el JNE, la ONPE y Reniec, o si solamente es necesario  mantener el Jurado y Reniec, y que ONPE se integre al primero de ellos como brazo logístico y operativo en los procesos electorales y similares.

En caso se mantengan las tres instituciones, decidir sobre algunas competencias compartidas, como  la capacitación o educación electoral, pues cuando se duplican esfuerzos también se duplican gastos, que son financiados con los impuestos que pagamos, por lo que se impone la racionalidad.

Será necesario definir si seguirá o no el voto preferencial, dependiendo de ello parte importante del articulado de los proyectos. 

Hay partidos que conservan su inscripción como tales, por el  hecho de ir unidos con otras agrupaciones a la lid electoral.  A veces no logran incorporar al Parlamento a uno solo de sus candidatos, pero por el arrastre de los socios electorales permite seguir viviendo a quienes corrientemente se les llama “partidos parásitos”. Cada partido integrante de alianza debería tener alguna sub-barrera electoral.

Las multas electorales no requieren modificación alguna, pero sí hay que seguir en la tarea de simplificación de las actas electorales.

Se tendrá que remozar la Ley de Partidos incorporando la modernidad, con las asambleas no presenciales, elecciones electrónicas, inscripciones en línea; y para el reconocimiento  de nuevas agrupaciones políticas entender que el hecho de sacar firmas en padrones para su verificación por ONPE a nada conduce, como que poco significa tener comités permanentes.

Como vemos los proyectos presentados  por el JNE tienen que debatirse con otros proyectos colaterales. 

De aprobarse en el Congreso, tendremos dos conjuntos normativos que integran, sistematizan y ordenan  la dispersa normatividad sobre el particular. Aprovechemos la buena iniciativa de nuestra autoridad electoral. 

Publicado el 31 de agosto de 2012 en el diario Expreso.

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