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Sábado 01 de septiembre 2012

Proyecto de ley: Un esperpento jurídico

Por: Francisco Chirinos Soto.
Proyecto de ley: Un esperpento jurídico
Foto: Medios

Como esperpento jurídico describió el maestro Luis Jiménez de Asúa a los decretos leyes expedidos por las dictaduras. Se refería, por cierto y en primer término, a los decretos leyes del déspota Francisco Franco, que lo persiguió y mantuvo desterrado. Pero también a todos los decretos leyes que han producido y producen, en todas las latitudes del planeta, los usurpadores del poder público.

Esperpento, a estar con el DRAE, es en el campo de la estética, una cosa o persona notable por su fealdad y mala traza. En el área del pensamiento, es un desatino y un absurdo. Me temo que el proyecto de ley sobre el delito de negacionismo, que acaba de ser enviado por el Ejecutivo al Congreso Nacional, acusa cualidades que le merecen esa doble calificación.

El delito de negacionismo que pretende introducirse en nuestra legislación penal consistiría en justificar, aprobar, negar o minimizar públicamente los delitos cometidos por integrantes de las organizaciones terroristas. Esta hipótesis colisiona frontalmente con el dispositivo constitucional que garantiza la libertad de expresión, puesto que forma parte del derecho de las personas a opinar de la manera que ellas quieran y decidan respecto de cualquier hecho.

El gran escritor y político ecuatoriano Juan Montalvo no solamente justificó el asesinato perpetrado en la persona del tirano Gabriel García Moreno, sino que se atribuyó él mismo, en alguna medida, la autoría intelectual, cuando dijo: “Mi pluma lo mató”. Alterando el escenario y la época, Montalvo resultaría reo del delito que se vendría a incorporar al Código Penal del Perú.

Ya la figura de la apología del delito, contenida en el artículo 136º del Código Penal, constituye en buena medida un medio para limitar o castigar la expresión libre de las opiniones o convicciones. Y la figura específica de la apología del terrorismo, con una penalidad agravada, ha resultado en la práctica poco menos que letra muerta, no obstante su severidad, ya que leemos y escuchamos todos los días el público enaltecimiento de Abimael Guzmán, quien purga larga condena precisamente por terrorismo. No conocemos –y en buena hora– la existencia de algún proceso o condena por la exaltación que se hace del más notorio líder del terrorismo en el Perú.

En la exposición de motivos del proyecto de dice, entre otras cosas, que no puede entenderse como legítimo el ejercicio de la libertad de expresión la aprobación, banalización, negación o justificación de hechos gravísimos. De esa manera se deja al arbitrio de las autoridades judiciales o políticas el decidir cuándo se ha cometido un delito en ejercicio no ya legítimo, sino ilegítimo, de la libertad de expresión.

Mucho es lo que resta por comentar con relación al desafortunado proyecto de ley y oportunidad habrá para ello. La iniciativa ha sido aprobada por el Consejo de Ministros, presidido por un abogado y en el propio Consejo hay varios profesionales del Derecho. No habrá de figurar entre sus aciertos esta decisión. La propuesta, además de contener una seria amenaza contra la libertad de conciencia y de expresión, lesiona principios inconmovibles de la ciencia penal. Espero que el Poder Legislativo se niegue a sancionar la iniciativa.

Publicado el 1 de setiembre de 2012 en el diario La Razón.

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