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Martes 04 de septiembre 2012

Perú vs. Perú

Por: Javier Valle-Riestra.
Perú vs. Perú
Foto: Medios

Vergonzoso incidente el protagonizado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos por los procuradores del Poder Judicial y del Ministerio de Justicia en la revisión de la sentencia que por el caso de la matanza de Barrios Altos expidiera la Corte Suprema. Lejos de mostrar una unívoca postura ante dicho organismo supranacional, lo que hicieron, paradójicamente, fue evidenciar las antagónicas posiciones ideológicas existentes en torno a dicha sentencia y que el Estado Peruano tiene dos posturas en este caso. Una behetría; no una bicefalía, sino, una acefalía.

Recapitulemos. El mes pasado, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, presidida por el vocal Javier Villa Stein, emitió una Resolución en el polémico caso del Grupo Colina por la masacre de Barrios Altos. La Sentencia rebaja de veinticinco a veinte años de pena privativa de la libertad a los integrantes de la referida secta.

Según la Sala Suprema: i)los asesinatos ocurridos no constituyen un delito de lesa humanidad; ii) está prescrita la acusación del delito de asociación ilícita para delinquir; iii) revocó las condenas que no tenían denuncia fiscal; iv)una de las facultades de la Corte Suprema es corregir fallos de otras instancias judiciales enmendando, en este caso, el error de sentenciar sin previa incriminación del Ministerio Público como ocurrió en primera instancia; y, v) dejaron de lado el concepto de lesa humanidad porque los involucrados en los hechos no perpetraron sus crímenes en el marco de un ataque doctrinario generalizado y sistemático como lo establece el Estatuto de Roma vigente para el Perú desde 2001, dejando claro que los crímenes cometidos por su naturaleza son execrables delitos contra los derechos humanos. Decir otra cosa es tipificar mal.

La sentencia fue llevada a la Corte para su revisión y en la audiencia pública realizada, los abogados discreparon confrontacional y antitéticamente. Por un lado Segundo Viteri, procurador del Poder Judicial, defendió el fallo de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que rebaja la condena al grupo Colina y retira el calificativo de lesa humanidad a los crímenes, mientras que Oscar Cubas, procurador público supranacional, ratificó que el Estado está a favor de la anulación de dicha sentencia. Los jueces de la Corte, como era de esperarse y ante tal situación preguntaron cuál era la posición del Estado Peruano, sin haber obtenido una respuesta congruente. ¿Qué habrán dicho?

¿Qué habría dicho el Presidente de la Corte, Diego García Sayán? A nosotros nos parece que el fallo de la Sala de Villa Stein es correcto. Responde a postulados jurídicos válidos que distinguen la tipicidad de los delitos contra los derechos humanos de los delitos de lesa humanidad. Estos son los delitos totalitarios obra de la doctrina de un Estado ¿Ejemplos? El nazismo, el fascismo. Aquí quedan mal muchos y no podemos omitir la negligencia de la propia CIDH de admitir dos representantes virtuales de un Estado, generando dos Estados. Venció el caos.

Publicado el 4 de setiembre de 2012 en el diario La Razón.

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