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Martes 04 de septiembre 2012

[Perú] Afirmacionismo y negacionismo

Por: Javier Valle-Riestra.
[Perú] Afirmacionismo y negacionismo
Foto: diario La República

El Gobierno ha presentado al Congreso un proyecto de ley que sanciona con pena privativa de la libertad al que públicamente apruebe, mengüe, justifique, niegue o minimice los actos cometidos por integrantes de organizaciones terroristas. Propone como fórmula legal la incorporación del artículo 316°-A al Código Penal titulándolo “Negacionismo de los delitos de terrorismo”.

¿Es un neologismo? No. Tiene más de sesenta años. Ancestralmente militan los negadores del holocausto. Es que están adscritos a una corriente de pensamiento pseudo histórica y antisemita que quiere darle una nueva interpretación a las canalladas totalitarias perpetradas por el nazi-fascismo durante la segunda guerra mundial. Según esa apostasía, el genocidio practicado por la Alemania nazista contra hebreos y gitanos no existió, sino que es fabricación del mito y la fabulación. Esos sofistas sostienen que el nazismo no se propuso exterminar a los judíos, ni que murieron seis millones de esa nacionalidad. Las cámaras de gas son un invento. Según Koenraad Elst, negacionismo significa la negación histórica de los crímenes de lesa humanidad. No se trata de una reinterpretación de los hechos conocidos, sino de la negación de los hechos acontecidos. 

Puedo jactarme de ser un afirmacionista. Soy redactor principal del artículo segundo de la Constitución de 1979, el cual creaba una detención preventiva –no ya las clásicas 24 horas–, sino una excepción persecutoria hasta por quince días en los casos de terrorismo, espionaje y tráfico ilícito de drogas. Los apristas hemos introducido infinitas leyes de amnistía. Se perdona, pero también se castiga a los totalitarios. Pero eso sí, no podemos aceptar una ley de negacionismo que puede encarcelar a quien dude de la comisión de un delito y pida pruebas. El remedio sería peor que la enfermedad. En noviembre de 2007 el Tribunal Constitucional de España declaró en una sentencia que castigar la difusión de ideas o doctrinas que cuestionen o nieguen el genocidio supone una vulneración del derecho a la libertad de expresión.

La resolución avala la constitucionalidad del artículo 607.2 del Código Penal hispano, que castiga la difusión "por cualquier medio" de ideas o doctrinas que justifiquen el genocidio, pero fundamentalmente declara nula la referencia a la difusión de argumentos que cuestionen o nieguen esos hechos, e inconstitucional su sanción penal. Felizmente esa ley no existe en el país porque con este artículo podría ir a la cárcel (Con información del diario Expreso).

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