El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) determinó la vacancia del alcalde provincial de Huaral, Jaime Uribe Ochoa, debido a que posee una sentencia condenatoria de carácter firme por delito doloso.
Dicha sentencia configura la causal de vacancia estipulada en el artículo 22, inciso 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, precisó el JNE.
La jurisprudencia establecida por el tribunal electoral en las resoluciones 0572-2011 y 0651-2011 establece que de existir una confluencia entre una sentencia firme y el ejercicio del período de mandato de una autoridad debe determinarse la vacancia de la misma, aunque el caso se haya iniciado en un período anterior, lo cual es perfectamente aplicable a la presente situación.
La resolución del órgano electoral convoca a Víctor Hernán Bazán Rodríguez y a Germán Hernando Menacho Morán para que asuman los cargos de alcalde y regidor del concejo provincial de Huaral, respectivamente, y completen el período de mandato 2011-2014.