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Martes 09 de octubre 2012

Aviso por tiempo limitado sobre un acuerdo propuesto entre determinados fondos de un acuerdo con relación a securitizaciones patrocinadas por Residential Capital, LLC, y algunas de sus subsidiarias, incluso GMAC Mortgage, LLC y Residential Funding Company

Fuente: PRNewswire
Aviso por tiempo limitado sobre un acuerdo propuesto entre determinados fondos de un acuerdo con relación a securitizaciones patrocinadas por Residential Capital, LLC, y algunas de sus subsidiarias, incluso GMAC Mortgage, LLC y Residential Funding Company
Foto: Difusión

AKE SUCCESS, Nueva York, 8 de octubre de 2012 - PRNewswire: La siguiente declaración es emitida por Fiduciarios de RMBS (títulos garantizados por hipotecas residenciales) con relación a un Acuerdo Propuesto entre Residential Capital, LLC, y otros y los Fondos del Acuerdo.

AVISO POR TIEMPO LIMITADO RELACIONADO CON UN ACUERDO PROPUESTO ENTRE DETERMINADOS FONDOS DEL ACUERDO CON RELACIÓN A SECURITIZACIONES PATROCINADAS POR RESIDENTIAL CAPITAL, LLC, Y ALGUNAS DE SUS SUBSIDIARIAS, INCLUSO GMAC MORTGAGE, LLC Y RESIDENTIAL FUNDING COMPANY, LLC

EL PRESENTE AVISO ES COMUNICADO POR:

THE BANK OF NEW YORK MELLON,
THE BANK OF NEW YORK MELLON TRUST COMPANY, N.A.,
DEUTSCHE BANK NATIONAL TRUST COMPANY,
DEUTSCHE BANK TRUST COMPANY AMERICAS,
U.S. BANK NATIONAL ASSOCIATION Y
WELLS FARGO BANK, N.A.

EN SUS VARIAS CAPACIDADES COMO DEPOSITARIOS O FIDUCIARIOS NOMBRADOS EN UN INDENTURE (EN CONJUNTO, LOS "FIDUCIARIOS RMBS" E INDIVIDUALMENTE, UN "FIDUCIARIO RMBS"), A LOS TITULARES DE CERTIFICADOS, PAGARÉS U OTROS TÍTULOS VALORES (LOS "TÍTULARES DE CERTIFICADOS") DE ACUERDO CON FONDOS DE TÍTULOS GARANTIZADOS POR HIPOTECAS RESIDENCIALES IDENTIFICADOS EN EL ANEXO A, DISPONIBLE EN WWW.RESCAPRMBSSETTLEMENT.COM (EN CONJUNTO, LOS "FONDOS DEL ACUERDO" Y POR SEPARADO UN "FONDO DEL ACUERDO").

ESTE AVISO CONTIENE IMPORTANTE INFORMACIÓN POR TIEMPO LIMITADO PARA LOS TITULARES DE CERTIFICADOS Y OTRAS PERSONAS POTENCIALMENTE INTERESADAS EN LOS FONDOS DEL ACUERDO.  SE SOLICITA A TODOS LOS DEPOSITARIOS, SÍNDICOS Y OTROS INTERMEDIARIOS QUE RECIBAN ESTE AVISO, SEGÚN SEA APLICABLE, QUE ACELEREN LA RETRANSMISIÓN A LOS TITULARES DE CERTIFICADOS EN DEBIDO TIEMPO.

Fechado: 22 de agosto de 2012 (fecha en la que el aviso se envió a los Titulares de Certificados registrados)

Este aviso (el "Aviso") es entregado a usted por los Fiduciarios de RMBS bajo los Acuerdos de Creación de Pool y Servicio de Deudas (incluso Complementos de Series y Acuerdos de Creación de Pool y Servicio de Deudas), Instrumentos de Emisión de Obligaciones (indentures) y Servicios de Deudas relacionados (en conjunto, los "Acuerdos Aplicables") que rigen sobre los Fondos del Acuerdo. Los términos en mayúsculas utilizados, pero no definidos en el presente tendrán los significados que se les asigna en los Acuerdos Aplicables.

I. Historial.

Como los Titulares de Certificados han sido previamente notificados por cada Fiduciario de RMBS, el 14 de mayo de 2012, Residential Capital, LLC, y algunas de sus subsidiarias directas e indirectas (en conjunto, "ResCap") presentaron demandas voluntarias en el marco del Capítulo 11 del Código de Quiebras de Estados Unidos (el "Código de Quiebras") ante el Tribunal de Quiebras de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York (el "Tribunal") (En la causa: Residential Capital, LLC, Causa Núm. 12-12020 (MG) y causas relacionadas) (en conjunto, las "Causas del Capítulo 11").

ESTE AVISO SE RELACIONA CON UN ACUERDO DE RECLAMOS PROPUESTO DE LOS FONDOS DEL ACUERDO CONTRA RESCAP EN LAS CAUSAS ENMARCADAS EN EL CAPÍTULO 11.  ESTOS RECLAMOS INCLUYEN, PERO EN FORMA NO TAXATIVA, DETERMINADOS RECLAMOS RELACIONADOS CON EL ORIGEN Y LA VENTA POR PARTE DE RESCAP DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS Y CIERTOS ASPECTOS DEL SERVICIO DE RESCAP DE DICHOS PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. EL ACUERDO PROPUESTO, EN CASO DE SER APROBADO POR EL TRIBUNAL Y ACEPTADO POR EL FIDUCIARIO DE RMBS DE UN FONDO DEL ACUERDO, OBLIGARÍA A ESE FONDO DEL ACUERDO Y A LOS TITULARES DE CERTIFICADOS RELACIONADOS.  CONSECUENTEMENTE, EL ACUERDO PROPUESTO Y LOS PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS DE APROBACIÓN DEL TRIBUNAL AFECTAN SUSTANCIALMENTE LOS INTERESES DE LOS TITULARES DE CERTIFICADOS, Y LOS FIDUCIARIOS RMBS RESPETUOSAMENTE SOLICITAN QUE TODOS LOS TITULARES DE CERTIFICADOS Y OTROS RECEPTORES DEL AVISO LEAN ATENTAMENTE ESTE AVISO Y MATERIAL RELACIONADO CONSULTANDO CON SUS ASESORES LEGALES Y FINANCIERO S.

II. Acuerdo Propuesto.

El 13 de mayo de 2012, ResCap celebró acuerdos por separado con dos grupos de Titulares de Certificados (en conjunto, los "Inversores Institucionales"), cada uno llamado  "Acuerdo del Acuerdo del Fondo de RMBS" (en conjunto, los "Acuerdos Originales Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS").  El 15 de agosto de 2012, se modificaron los Acuerdos Originales Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS (los "Acuerdos Modificados Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS", y junto con los Acuerdos Originales Propuestos del Acuerdo de RMBS, los "Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS").  (Las copias de estos documentos se pueden obtener tal como se explica en la Parte IV que aparece más abajo).  Los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS buscan, entre otras cosas, arreglar los reclamos de los Fondos del Acuerdo con relación a los supuestos incumplimientos de ResCap de las declaraciones y garantías en los Acuerdos Aplicables y ciertas supuestas violaciones de las obligaciones de servicio de deudas de ResCap. Los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS están sujetos a la aprobación del Tribunal y los acuerdos establecidos allí no pueden ser ofrecidos ni aceptados por los Fondos del Acuerdo hasta que, y a menos que, dicha aprobación sea otorgada por el Tribunal (ver Parte III que aparece más abajo).

Los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS estipulan que en el acuerdo de los Reclamos Acordados Propuestos (tal como se define más abajo) contra ResCap, a cada Fondo del Acuerdo que acepta el acuerdo (el "Fondo Aceptante") se le permitirá un reclamo general sin aval contra los patrimonios de determinadas entidades de ResCap en las Causas del Capítulo 11.  Si todos los Fondos del Acuerdo se convierten en Fondos Aceptantes, dichos reclamos permitidos sumarán US$8.700.000.000 (US$8.700 millones), menos una asignación de los reclamos permitidos para el pago de costos y gastos de abogados para los Inversores Institucionales, tal como se establece en los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS (la "Asignación para Liquidar los Reclamos").  Los Acuerdos Propuestos del Fondo de RMBS luego estipulan que cada Fondo Aceptante tendrá la opción (la "Opción Hold Co"), en cualquier momento antes de la confirmación de un plan de capítulo 11 en las Causas del Capítulo 11 (un "Plan"), de elegir recibir hasta el veinte por ciento de esa Asignación para Liquidar los Reclamos de los Fondos Aceptantes como un reclamo general sin aval permitido contra el patrimonio de Residential Capital, LLC ("HoldCo"), en lugar de un reclamo general sin aval contra los patrimonios de algunas de sus subsidiarias, directas e indirectas, reduciendo de ese modo cada reclamo general sin aval permitido de los Fondos Aceptantes contra dichos patrimonios hasta el punto que cada Fondo Aceptante ejerza la Opción HoldCo. La determinación de Asignación para Liquidar los Reclamos de cada Fondo Aceptante (es decir, la parte de cada Fondo Aceptante del total de la Asignación para Liquidar los Reclamos) está sujeta a un procedimiento de asignación establecido en los Acuerdos Propuestos del Acue rdo del Fondo de RMBS, y todas las personas que reciben este Aviso son remitidas a dichos acuerdos para los detalles de dicho procedimiento.

Los Acuerdos Propuestos del Fondo de RMBS permiten que cada Fondo del Acuerdo relacionado acepte o rechace la oferta de acuerdo de manera independiente sin afectar los derechos de ningún otro Fondo del Acuerdo (incluso la parte de Asignación para Liquidar los Reclamos a la que cualquier otro Fondo del Acuerdo tiene derecho si se convierte en Fondo Aceptante).  De ser aprobados por el Tribunal, los Acuerdos Propuestos del Fondo de RMBS  afectarían los derechos e intereses de todos los Titulares de Certificados, y sus sucesores y cesionarios, en cualquier Fondo Aceptante. Los derechos afectados e intereses incluirán, entre otras cosas, el retiro de reclamos contra Rescap en beneficio del Fiduciario RMBS, los Fondos Aceptantes y todos los Titulares de Certificados en los Fondos Aceptantes, que surgen de o se relacionan con (i) el origen o venta de hipotecas a los Fondos Aceptantes, incluso declaraciones y garantías hechas con respecto a esas hipotecas y toda obligació n de recompra de hipotecas; (ii) documentación de las hipotecas en los Fondos Aceptantes, con determinadas excepciones; (iii) servicio de deuda de las hipotecas en los Fondos Aceptantes, con determinadas excepciones; (iv) ciertas compensaciones o resarcimientos bajo los Acuerdos Aplicables contra ResCap, y (v) todo vendedor de préstamos que vendiera préstamos a ResCap o Ally Financial Inc. que fueran vendidos o transferidos a los Fondos Aceptantes (en conjunto, los "Reclamos Acordados Propuestos").

La aceptación de los Acuerdos Propuestos del Fondo del Acuerdo de RMBS por un Fondo Aceptante no habilitaría, en el presente, a que el Fondo Aceptante reciba ninguna cantidad específica de dinero u otras compensaciones, en ningún momento específico, como distribución de los patrimonios de la quiebra de las entidades deudoras de ResCap.  Más bien, la Asignación para Liquidar los Reclamos habilitaría al Fondo Aceptante a recibir dicha compensación tal como ello es eventualmente permitido a los reclamos de acreedores generales sin garantías en las Causas del Capítulo 11, que se clasifican de la misma manera que los reclamos de los Fondos Aceptantes. Consecuentemente, en la actualidad los Titulares de Certificados no pueden asumir que la aceptación por parte de ningún Fondo del Acuerdo del Acuerdo Propuesto del Fondo del Acuerdo de RMBS relacionado dará como resultado una recuperación en particular con respecto a la Asignación para Liquidar los Reclamos de dicho Fondo del Acuerdo. La aceptación por parte de cualquier Fondo del Acuerdo del Acuerdo Propuesto del Fondo del Acuerdo de RMBS resolvería, sin embargo, las disputas con ResCap y otras partes en el interés de las Causas del Capítulo 11, con respecto a la cantidad y el estado de los reclamos generales sin aval de cualquier reclamo que dicho Fondo del Acuerdo pudiera tener en relación con los Reclamos Acordados Propuestos.

Los Fiduciarios de RMBS han contratado conjuntamente a Duff & Phelps, LLC como su principal asesor con relación a su evaluación de los Acuerdos Propuestos del Fondo del Acuerdo de RMBS, y con relación a otras cuestiones en las Causas del Capítulo 11. Cada uno de los Fiduciarios de RMBS también ha contratado abogados independientes para que los asesore con respecto a temas legales relevantes que afectan a los Fondos del Acuerdo en particular que ellos administran. Ninguno de los Fiduciarios de RMBS ha tomado la determinación, al día de la fecha de este Aviso, con respecto a cuán razonable o aconsejable es celebrar los Acuerdos Propuestos de Fondos del Acuerdo de RMBS en nombre de cualquier Fondo del Acuerdo.  Ninguno de los Fiduciarios de RMBS anticipa tomar su decisión con respecto a si aceptar o no el acuerdo propuesto en nombre de ningún Fondo del Acuerdo hasta que, y al menos que, el acuerdo propuesto haya sido aprobado por el Tribunal (ver Par te III que aparece más abajo).  Si bien los Fiduciarios de RMBS están cooperando unos con otros en su evaluación del acuerdo propuesto, cada Fiduciario de RMBS tomará su propia decisión con respecto a si aceptar o no el acuerdo propuesto en nombre de cualquier Fondo del Acuerdo, y para el caso de cada Fondo Aceptante, si elegir,  y en qué cantidad, ejercer la opción HoldCo, sobre la base de información disponible para ese Fiduciario de RMBS al momento de tomar esa decisión.

Los Fondos de los Acuerdos que no acepten los Acuerdos Propuestos de los Fondos del Acuerdo de RMBS y no se conviertan en Fondos Aceptantes estarán sujetos a los procedimientos del Código de Quiebras y al Tribunal (incluso la orden de programación para las Causas del Capítulo 11 ingresados por el Tribunal) con relación a la afirmación y asignación de reclamos, incluso, pero en forma no taxativa, el derecho de ResCap de objetar los reclamos.

III. Moción de ResCap de aprobación de los Acuerdos Propuestos del Fondo del Acuerdo de RMBS por el Tribunal; Derechos de los Titulares de Certificados y otras partes a comparecer y objetar.

Los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS son acuerdos entre ResCap y los Inversores Institucionales y no serán efectivos ni vinculantes con respecto a ningún Fondo del Acuerdo hasta que, y a menos que, (a) ResCap obtenga la aprobación del Tribunal para hacer la oferta de acuerdo a los Fondos del Acuerdo y (b) dicho Fondo del Acuerdo, actuando a través de su respectivo Fiduciario de RMBS, acepte los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS. Consecuentemente, el 11 de junio de 2012, ResCap presentó una moción ante el Tribunal solicitando la aprobación de los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS y de la oferta de ResCap del acuerdo propuesto en ese marco a cada uno de los Fiduciarios de RMBS en representación de los Fondos del Acuerdo (la "Moción Original 9019").  El 15 de agosto del 2012, ResCap presentó un Complemento a la Moción 9019 (junto con la Moción Original 9019, la "Moción 901 9").

Entre otras cosas, la Moción 9019 busca obtener un fallo del Tribunal con respecto a que los acuerdos propuestos en virtud de los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS son justos y razonables y que, teniendo en mente el mejor interés de todas las partes interesadas, incluso, pero en forma no taxativa, los acreedores de ResCap, los Inversores Institucionales, los Titulares de Certificados para cada Fondo Aceptante y cada uno de los Fondos Aceptantes, los Fiduciarios de RMBS y otras personas determinadas, como un compromiso de los reclamos afirmados por cada uno de los Fondos Aceptantes contra ResCap.

El 31 de julio de 2012, el Tribunal dictó una orden que establece un programa de plazos y la fecha de una audiencia relacionada con la Moción 9019 y la aceptación o rechazo de los Fiduciarios de RMBS del acuerdo en virtud de los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS (la "Orden"). En virtud de la Orden, el Tribunal iniciará una audiencia probatoria sobre la Moción de 9019 (la "Audiencia") el 5 de noviembre de 2012. Si el tribunal concede la Moción 9019, los Fiduciarios de RMBS deben aceptar o rechazar los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS en nombre de cualquier Fondo del Acuerdo el, o antes de la que resulte posterior entre el, (a) 12 de noviembre de 2012, o (b) cinco días hábiles después de la entrada de la orden que conceda la Moción 9019. Los Fiduciarios de RMBS tienen hasta la confirmación de un Plan para elegir ejercer la Opción de HoldCo en nombre de cada Fondo Aceptante.

[NOTA: Las fechas establecidas en el presente Aviso y en la Orden pueden haber cambiado entre la fecha en que fue escrito este Aviso y la fecha de publicación o lectura, y están sujetas a cambios posteriores. En consecuencia, los Titulares de Certificados y otras personas interesadas en los Fondos del Acuerdo deben remitirse a las fuentes de información descritas en la Parte IV que aparece más abajo para obtener información actualizada de la programación].

Cualquier Titular de Certificados u otra persona que potencialmente tenga un interés en los Fondos del Acuerdo puede objetar la Moción 9019 o cualquier aspecto de los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS, puede solicitar procesos de descubrimiento con respecto a la Moción 9019 o Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS, y podrá participar en la Audiencia. El Tribunal instruyó que:

toda objeción a la Moción 9019, junto con cualquier peritaje de aval, deberán presentarse ante el Tribunal antes del 5 de octubre de 2012;
las objeciones o respuestas de los Fiduciarios a la Moción 9019, si las hubiere, deben ser entregadas antes del 15 de octubre de 2012, y
cualquier respuesta a las objeciones a la Moción 9019 debe presentarse antes del 29 de octubre de 2012.

(En la Orden, que puede obtenerse como se explica en la Parte IV que aparece más abajo, se podrá encontrar más información sobre los plazos adicionales con respecto a la Moción 9019).

Si el tribunal aprueba la moción 9019 y un Fiduciario de RMBS acepta el acuerdo bajo los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS en el nombre de un Fondo Aceptante, todos los Titulares de Certificados bajo el Fondo Aceptante estarán obligados por los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS,  y los comunicados que figuran en él, sea que el Titular de Certificados compareciera o no en la Audiencia o presentara una objeción a la Moción 9019 o los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS. En consecuencia, cualquier Titular de Certificados que tenga problemas o pudiera objetar los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS debe considerar con sus asesores legales si participar en los procedimientos del Tribunal de acuerdo con cualquiera de los medios descritos en el párrafo anterior. Probablemente no habrá ningún foro fuera de dichos procedimientos judiciales en los que una objeción a los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS podrán escucharse. Si el tribunal aprueba los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS, la decisión del Fiduciario de RMBS aplicable de aceptar o rechazar el acuerdo propuesto en nombre de un Fondo del Acuerdo individual, y ejercer la opción de HoldCo en el nombre de un Fondo Aceptante, será informada por análisis de cada Fiduciario de RMBS del acuerdo, teniendo en cuenta los intereses de Síndicos del acuerdo teniendo en cuenta los intereses de todos sus respectivos Titulares de Certificados, y no necesariamente se basarán en los intereses, objeciones u otra posición de cualquier Titular de Certificados individual.

IV. Este Aviso es un Resumen; Otras fuentes de información.

Este Aviso resume los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS, la Moción 9019 y la Orden y no es una declaración completa de esos documentos, de legislación relevante o de procedimientos legales relevantes. Los Fiduciarios de RMBS no buscan enviar más avisos con respecto a los asuntos abordados en el presente, y se insta a los Titulares de Certificados y otras personas potencialmente interesadas a que analicen cuidadosamente los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS, la Moción 9019 y la Orden y otros escritos presentados, y que posteriormente podrán presentarse, en las Causas del Capítulo 11 y a que consulten  con sus propios asesores legales y financieros. Los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS y otros documentos relacionados esenciales, incluso ciertas órdenes presentadas por el Tribunal y otra información pertinente a los Acuerdos Propuestos del Acuerdo del Fondo de RMBS, están disponibles en http://www.rescaprmbssettlement.com, que se actualizará cada vez que el Tribunal presente documentos u órdenes relacionadas adicionales importantes. Usted también puede acceder a cualquier documento presentado ante el Tribunal en Causas del Capítulo 11, iniciando sesión en PACER en https://www.uscourts.gov o visitando el sitio Web de agente de reclamaciones de ResCap en http://www.kccllc.net/rescap. Si tiene alguna consulta, puede llamar al (866) 241-7538 en Estados Unidos, +1 (202) 470-4565 fuera de Estados Unidos o puede enviar un correo electrónico a questions@rescaprmbssettlement.com.

Las consultas relacionadas con los asuntos establecidos en este Aviso pueden dirigirse a questions@rescaprmbssettlement.com o, con respecto a cualquier Fondo del Acuerdo, al Fiduciario del RMBS para dicho Fondo de Acuerdo, usando la "Información de Contacto del Fiduciario del RMBS" en http://www.rescaprmbssettlement.com.

V. Otras cuestiones.

Los Titulares de Certificados y otras personas interesadas en los Fondos del Acuerdo no deben basarse en los Fiduciarios de RMBS, o en abogados o asesores contratados por los Fiduciarios de RMBS como su única fuente de información.

Tenga en cuenta que lo precedente no intenta, ni debe interpretarse como consejos sobre inversión, temas contables, financieros, legales o impositivos por o en nombre de los Fiduciarios de RMBS, o sus directores, funcionarios, afiliados, agentes, abogados o empleados. Cada persona o entidad que reciba este Aviso debe buscar el consejo de sus propios asesores respecto de los asuntos establecidos en este documento.

Sírvase tener en cuenta que cada uno de los Fiduciarios de RMBS se reserva todos los derechos, poderes, reclamos y recursos disponibles bajo los Acuerdos Aplicables y la ley vigente en la materia. Ninguna demora o tolerancia por parte de un Fiduciario de RMBS de ejercer cualquier derecho o recurso resultante de un incumplimiento, o de algún otro modo, bajo los términos de los Acuerdos Aplicables, otra documentación relativa o las leyes aplicables, afectará tal derecho o recurso, ni constituirá una renuncia a los mismos ni consentimiento a ello.

Cada uno de los Fiduciarios de RMBS se reserva expresamente todos los derechos respecto de cada uno de los Acuerdos Aplicables, incluso, pero en forma no taxativa, su derecho a recuperar en un todo sus honorarios y gastos (incluso, pero en forma no taxativa, honorarios y costos incurridos o a ser incurridos por tal Fiduciario de RMBS en el desempeño de sus funciones, indemnizaciones adeudadas o a ser adeudadas a dicho Fiduciario de RMBS, compensación por el tiempo dedicado por dicho Fiduciario de RMBS, y reembolso de honorarios y gastos de abogados y otros agentes que emplee en el cumplimiento de sus funciones o para lograr obtener recursos), y su derecho, antes de ejercer cualquier derecho o poder en relación con cualquier Acuerdo Aplicable que rija a pedido de o a instrucción de cualquier Titular de Certificados, a recibir garantías o indemnización satisfactoria contra todos los costos, gastos y pasivos que pudieran incurrirse en cumplimiento con la misma, y todos los derechos que pudieran estar disponibles en el marco de las leyes aplicables o de alguna otra manera.

Por favor, tenga en cuenta que con respecto a cualquier consulta particular de Titulares de Certificados individuales, un Fiduciario de RMBS podrá concluir que una respuesta específica a dicha consulta no está alineada los requisitos de las leyes y regulaciones aplicables de difusión equitativa y completa a todos los Titulares de Certificados.

THE BANK OF NEW YORK MELLON, THE BANK OF NEW YORK MELLON TRUST COMPANY, N.A., DEUTSCHE BANK NATIONAL TRUST COMPANY, DEUTSCHE BANK TRUST COMPANY AMERICAS, U.S. BANK NATIONAL ASSOCIATION O WELLS FARGO BANK, N.A., individualmente, como fiduciarios o fiduciarios de un indenture de los Fondos del Acuerdo.

FUENTE  RMBS Trustees

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