La coagente chilena Ximena Fuentes afirmó que el equipo jurídico chileno tuvo una presentación que responde a todas aquellas dudas que había tratado de arrojar Perú.
"Fue una presentación que responde a todas aquellas dudas que había tratado de arrojar Perú sobre nuestra práctica y su importancia. Quiero destacar el tema del Hito 1, ahora se ve realmente como lo que siempre fue la demanda peruana, un elemento distractivo",sostuvo la coagente chilena.
La jurista chilena también explicó que su equipo hapodido mirar todos los documentos de cómo se acordó por las partes de Perú y Chile en 1952.
"hemos podido mirar todos los documentos de cómo se acordó por las partes que el primer punto de su frontera terrestre es el hito 1, y es un punto en la orilla de mar. Por lo tanto resulta completamente entendible que cuando se fijaron en el mar y cuando tenían que delimitar sus zonas en el mar era el punto sobre el cual sostener el paralelo", expresó la jurista chilena Ximena Fuentes.
La abogada también sostiene queconforme a lo que prescribe el pacto de Bogotá- la corte no puede entrar a mirar el límite terrestre.
"Se vuelve a reiterar (incompetencia de corte para fijar límite terrestre), estaba en nuestros escritos este tema de que -conforme a lo que prescribe el pacto de Bogotá- la corte no puede entrar a mirar el límite terrestre, porque éste fue acordado por las partes en el año 1929 y 1930, que corresponden a años que son anteriores al pacto de Bogotá, y por lo tanto se encuentran fuera de su jurisdicción", expresó la abogada.