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Lunes 17 de diciembre 2012

No debemos firmar la Convención del Mar

Por: Francisco Chirinos Soto.
No debemos firmar la Convención del Mar
Foto: tarea21.com

Para complementar mis comentarios de días recientes en relación con el importante y delicado tema de nuestra disputa con Chile respecto de la fijación del límite marino entre ambas naciones debo poner el énfasis que corresponde al supremo interés del Perú –y también de Chile- que se afirme nuestra convicción acerca de que somos titulares, junto con Ecuador, de un mar territorial de doscientas millas marinas de espesor. Es indispensable que nos dejemos de eufemismos y expresiones tímidas y confusas con relación a un claro y nítido derecho que las tres naciones tenemos proclamado ante la faz del mundo.

Consecuentemente, debemos entender, de una vez por todas, que la Declaración de Santiago del 18 de agosto de 1952 fue un tratado tripartito que incluyó como punto esencial reafirmación de nuestra soberanía y jurisdicción sobre las doscientas millas anexas a nuestras costas. No fue una declaración para defender la actividad pesquera únicamente. Lo fue para afirmar nuestro dominio territorial.

En la Constitución de 1979 si bien no se empleó, como estaba originalmente contemplado, la fórmula “mar territorial” y la misma fue sustituida por dominio marítimo, no hay duda que una y otra son equivalentes y sinónimas. Así lo reconoce, entre muchos estudiosos, Guillermo Cabanellas, en su conocido Diccionario de Derecho Usual. En la Constitución de 1979 dijimos, pues, dominio. Y dominio es el más acendrado de los derechos reales y significa propiedad. Si el Estado ejerce dominio sobre las 200 millas marinas, es porque son de su propiedad y soberanía.

Conscientes como debemos estar de nuestra plena titularidad sobre las 200 millas, es indispensable que abandonemos definitivamente la posibilidad de suscribir la Convención del Mar, la cual reconoce apenas un mar territorial de doce millas. Con nuestra adhesión a ese documento resultaríamos mutilando nuestro espacio geográfico marítimo en 180 millas. Clara violación constitucional, ya que la Carta Magna vigente, sancionada en 1993, reproduce ad literam el texto constitucional de 1979.

Mucho se ha dicho y se sigue diciendo acerca de los imaginarios beneficios que el Perú obtendría de su adhesión a la Convención del Mar. Personaje de la estatura moral y académica de Domingo García Belaunde es un pugnaz defensor de la iniciativa de que nuestro país suscriba la convención. Dice que el Perú no tiene mar territorial de 200 millas y niega inclusive que José Luis Bustamante y Rivero, en su célebre decreto supremo del 1 de agosto de 1947, hubiera proclamado la doctrina del mar territorial, aunque el propio Bustamante años después defendiera vigorosamente su decisión en el sentido de que fue mar territorial lo que se sancionó en su decreto supremo.

Con el respeto que me merece García Belaunde, estimo que está equivocado en cuanto a negar nuestra titularidad sobre las 200 millas del mar territorial y auspiciar nuestra adhesión a la Convención del Mar. Si no somos titulares de las 200 millas –pregunto-, qué es lo que estamos discutiendo ante los jueces de la Corte Internacional de La Haya. No quepa duda que perseguimos la delimitación fronteriza del mar territorial peruano de 200 millas con el mar territorial chileno de las mismas doscientas millas.

Y como quiera que la declaración del 18 de agosto de 1952 no es un tratado de límites –he ahí el argumento sustancial y macizo de nuestra posición- necesitamos la fijación de tales límites. Dado que Chile se ha negado a negociar el tema con el Perú hemos acudido civilizadamente al más alto nivel de justicia del orbe.

Nota publicada en larazon.pe

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