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Miércoles 08 de mayo 2013

La empresa de servicios de agua y alcantarillado "EPS Selva Central S.A." anuncia confirmación de miembros del Directorio

Fuente: Social Network Perú
La empresa de servicios de agua y alcantarillado 'EPS Selva Central S.A.' anuncia confirmación de miembros del Directorio
Foto: Difusión

La empresa “EPS Selva Central S.A.”, prestadora de los servicios de agua y alcantarillado sanitario en las provincias de Satipo, Oxapampa y Chanchamayo del departamento de Junín, nos comunicaron la ratificación de los miembros del Directorio, para el actual periodo 2011 – 2013.
 
La Resolución del Tribunal Registral Nº 235-2013-SUNARP-TR-L, emitida por la Tercera Sala del Tribunal Registral con sede en la ciudad de Lima, confirman los puestos de los miembros pertenecientes al Directorio actual; por lo cual las personas que fueron asignadas,  mantendrán su designación actual, tal como quedó inscrito en la partida registral Nº11001036 del registro de sociedades de La Merced – Chanchamayo, Junín. En el asiento C00041 de dicha partida consta inscrito el directorio de la sociedad para el periodo 2011-2013.
 
El directorio confirmado, está compuesto por:
El Ing. Daniel Maximiano Rodríguez Dionicio (Presidente del directorio de la EPS Selva Central S.A.); El bach/agrónomo José Eduardo Mariño Arquiñigo (Representante de las municipalidades accionistas), el abogado Héctor Pizarro Ríos (Representante del Colegio de abogados de Pasco) y el Ingeniero Anderson Marcelo Manrique (-Representante del Gobierno regional de Pasco).
 
En ejercicio de sus funciones, los miembros del Directorio en sesión ordinaria de fecha martes 25 de setiembre de 2012, como uno de los puntos de la agenda ratificaron el Acuerdo de Directorio de fecha miércoles 05 de setiembre de 2012 que evalúa la gestión y remueven al Gerente General CPC Terry Oscar Avellaneda Arroyo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 44 - D) y E) de los Estatutos de la EPS Selva Central S.A. luego que su gestión se viera cuestionada por inacción y éste se negara a dar cumplimiento al acuerdo de Directorio de fecha 05 de setiembre de 2012 en la cual acordaron su remoción y designar en su lugar al Abogado Samuel Ever Paz Panduro.
 
En la sesión del miércoles 05 de setiembre de 2012, el Directorio evaluó la gestión del Gerente General CPC Terry Oscar Avellaneda Arroyo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 44 - E de los Estatutos de la EPS Selva Central S.A. según la cual le corresponde al Directorio “evaluar y controlar la Gestión del Gerente General” toda vez que con fecha viernes 19 de agosto de 2011 se le designó interinamente en dicho cargo; a dicha fecha, habían transcurrido más de un (01) año, procediendo a evaluar su gestión, percatándose de la inejecución de diversos acuerdos de directorio citándose entre ellos llevar a cabo el proceso de tercerización de los servicios que presta la EPS Selva Central S.A. la implementación del programa de centros autorizados de cobranza en las localidades de la Merced, San Ramón, Satipo y Pichanaki, el Informe sobre el proceso de selección e ingreso del personal a la EPS Selva Central S.A; aprobar la elaboración de un plan estratégico de la EPS Selva Central S.A., etc.
 
El Directorio no había sido informado por el CPC Terry Oscar Avellaneda Arroyo de los asuntos de la sociedad como el Memorando de Entendimiento suscrito entre la Municipalidad Provincial de Chanchamayo y el Asesor del Alcalde de Seoul – Corea del Sur, Choy Dong Yun, con la finalidad de promover  la cooperación bilateral; habiendo tomado conocimiento de dicho Convenio por otras fuentes que la delegación coreana incluso había recorrido las distintas sedes de la EPS Selva Central S.A.; desconociéndose los términos y condiciones de dicho Memorando así como las ventajas de dicho acuerdo para la población de Chanchamayo.
 
En relación con la designación del Ing. Daniel Maximiano Rodríguez Dionicio como Presidente del Directorio de la EPS Selva Central S.A. cabe señalar que su designación se efectuó de conformidad con el Artículo 34º de los Estatutos como representante de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo y su residencia permanente en la localidad de la Merced no resulta exigible toda vez que según la norma señalada, este requisito debe ser cumplido por los directores representantes de los colegios profesionales, cámara de comercio e industria y gobierno regional quienes deberán ser necesariamente usuarios del servicio que presta la EPS, tener experiencia en el sector saneamiento, y tener residencia permanente mínima de dos años de antigüedad en alguna de las localidades del ámbito de la sociedad.
 
Así mismo, el directorio cuenta con mecanismos propios de autocontrol y auto regulación como la suspensión del cargo en caso existiera incompatibilidad con los requisitos señalados. Asimismo, los nombramientos y designación de los miembros del directorio se encuentran bajo la supervisión de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS).     

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